CONFORMACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL CONFORMACIÓN CAPTIAL SOCIAL | Page 11

resultado el valor contable y el valor real. consiga el debido cumplimiento de los primeros. b) Las acciones como títulos de crédito. Las acciones requieren una forma gráfica de expresión que las materialice, son documentos constitutivos de derechos y obligaciones. Los títulos de acciones pueden amparar una o varias acciones y llevar adheridos cupones que se desprenderán del título y que se entregarán a la sociedad contra el pago de dividendos o para el ejercicio de algún otro derecho que determine la asamblea general de socios. Como se advierte, las acciones representan partes alícuotas o proporcionales auténticas del capital social, siendo por ello nula la creación de acciones que no correspondan a una efectiva y real aportación a la compañía, pues sirven de continente y modo de expresión del conjunto de derechos que son propios del accionista, ya por reconocimiento de la ley o en su caso de los estatutos. c) Las acciones como conjunto de derechos y obligaciones. El status de accionista comprende obligaciones de dar y de no hacer, la primera consiste en pagar en bienes o en efectivo sus acciones. La obligación de no hacer consiste en abstenerse de participar y votar en aquellas asambleas en que se discuta una operación determinada en la que el accionista, por cuenta propia o ajena, tenga un interés contrario al de la sociedad. Asimismo, existen derechos patrimoniales y corporativos, los primeros otorgan al accionista la facultad de exigir una prestación de ese carácter patrimonial (principalmente derecho al dividendo y a la cuota de liquidación), mientras que los segundos carecen de tal valor y se otorgan al accionista para que participe en la sociedad y garantice o En virtud de su relación intrínseca con el capital de la sociedad, las características que identifican a las acciones son las siguientes: Derivadas del principio de unidad. Siempre son partes representativas del capital social. Derivadas del principio de determinación. Si el capital ha de expresarse en dinero y si la masa de acciones es representativa del propio capital, se infiere que cada una de aquéllas ha de representar una porción de éste, expresada en una cifra de dinero, que se denomina valor nominal de la acción que no es otra cosa que la expresión en dinero de una porción del capital social. Derivadas del principio de capital mínimo. Representan las partes