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Penitenciaría Apostólica
Prot. N. 523/11/I
DECRETO
LA PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, en vigor de las facultades concedidas de especialísimo modo por nuestro Santísimo Padre y Señor en Cristo, el Señor Benedicto, por la Divina Providencia Papa XVI, benignamente concede al Excelentísimo y Reverendísimo Padre don Carlos López Hernández, Obispo de Salamanca o, con su consentimiento, a otro Prelado revestido de la dignidad episcopal, que con ocasión del Jubileo de San Juan de Mata, en el día elegido para utilidad de los fieles, tras haber ofrecido el divino Sacrificio, imparta a todos los fieles presentes y asistentes al sagrado rito con el ánimo completamente alejado de afecto al pecado, la Bendición Papal con la aneja Indulgencia plenaria, que se podrá lucrar según las condiciones acostumbradas (Confesión sacramental, Comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice).
Los fieles que devotamente reciban la Bendición papal y que por una circunstancia razonable no pudieran estar presentes físicamente en los sagrados ritos, siguiéndolos contemporáneamente a través de la televisión o de la radio con piadosa intención, podrán obtener la Indulgencia plenaria, según la norma del derecho.
No obstante cualquier cosa en contrario.
Dado en Roma, en el palacio de la Penitenciaría Apostólica, en el día 23 de agosto del Año de la Encarnación del Señor 2011.
Por mandato de su Eminencia
+GIANFRANCO GIROTTI, O.F.M. Conv.
Obispo Titutar Metense, Regente
Jean Marie Gervais
Ayudante de Estudio
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