COLEGIO PILLINES 01 / 2013 | Page 40

Docilidad

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1. Si han cursado más del 75% del año el procedimiento es similar al de los estudiantes regulares.

2. Si han cursado menos del 75% del año escolar se debe proceder de la siguiente manera:

• El padre de familia y estudiante deben solicitar por escrito a la Comisión de Evaluación y Promoción la promoción anticipada.

• Se reúne la comisión de Evaluación y Promoción y solicita a la secretaría general del colegio la información sobre el desempeño académico del estudiante en los grados anteriores y el tiempo de permanencia en la Institución.

• La Comisión de Evaluación y Promoción recomienda actividades de suficiencia académica que demuestren la comprensión y manejo de los temas de las diferentes áreas del grado.

• La Coordinación Académica programa y cita el estudiante a las actividades de suficiencia académica.

• La comisión de Evaluación y Promoción recibe de Coordinación Académica y secretaría general del colegio el informe, analiza los resultados y determina la promoción o no del estudiante, se levanta un acta de la decisión tomada por la Comisión.

• La Coordinación Académica informa a los padres de familia y estudiante por escrito la decisión tomada por la Comisión de Evaluación y Promoción.

13.2.3. Estudiantes que solicitan promoción anticipada habiendo cursado más del 75% del año escolar.

1. El padre de familia y estudiante deben solicitar por escrito a la Comisión de Evaluación y promoción la promoción anticipada.

2. Se reúne la Comisión de Evaluación y promoción y solicita a la secretaria General del colegio la información sobre el desempeño académico del estudiante en los grados anteriores y tiempo de permanencia en la Institución.

3. La Comisión de Evaluación y Promoción evalúa el desempeño académico del estudiante y particularmente del año que cursa.

Analizados los resultados la comisión toma la decisión de acuerdo a los siguientes criterios:

• Promover a la estudiante teniendo en cuenta únicamente su desempeño académico.

• Citar al estudiante a actividades de suficiencia académica.

• Negar la promoción anticipada.

En todos los casos se levanta acta por parte de la Comisión sobre la decisión tomada.

4. En caso que el estudiante sea citado