CLEU - MANCHAS HEMATICAS ANTE AGENTES LIMPIADORES AÑO 10 NUMERO 40 OCTUBRE - DICIEMBRE 2022 | Page 17

INTRODUCCIÓN
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos , con fundamento en los artículos 1 º, 18 y 102 , apartado B , de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ; 1 °, 3 °, 6 °, fracciones VII y VIII ; y 15 , fracción VIII , de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos , así omo 174 de su Reglamento Interno , presenta a la opinión pública y a las autoridades su Informe Especial sobre los Centros de Tratamiento Interno para Adolescentes que infringen las leyes penales en la República Mexicana .
La situación de los adolescentes privados de la libertad por haber infringido las leyes penales , es un tema relevante para la Comisión Nacional debido a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran dada su condición de internamiento y características propias de la etapa en desarrollo . De ahí la implementación de tareas que tienen por objeto supervisar sus condiciones de vida a fin de prevenir o corregir situaciones relacionadas con la infraestructura y el equipamiento de los centros donde son alojados , el trato y tratamiento que se les brinda , para que las autoridades responsables implementen políticas públicas que se traduzcan en acciones concretas para promover , respetar , proteger y garantizar el respeto de sus derechos humanos .
Derechos humanos en las instituciones de menores infractores
Las personas adolescentes que infringen las leyes penales son consideradas un grupo en condiciones de vulnerabilidad ; por ello , la protección de sus derechos humanos ocupa un lugar preponderante en este Organismo Nacional . Los centros de tratamiento interno son incluidos en los programas de supervisión , dado lo cual se han emitido diversos documentos sobre la materia , entre los que destacan tres informes especiales que han dado cuenta de las condiciones que imperan en esos sitios , haciendo en su caso las observaciones y recomendaciones pertinentes para mejorar el trato y condiciones de internamiento
Es así que el 8 de julio de 2003 , se emitió el Informe Especial sobre la situación de los derechos humanos de las personas menores de edad internos en los centros de tratamiento de la República Mexicana , resultado de las visitas realizadas a los 54 centros de tratamiento interno para adolescentes que existían en ese momento en todo el país , y en donde se describen diversas deficiencias y carencias detectadas , relacionadas con las instalaciones , falta de clasificación , insuficiencia de personal y atención técnica , deficiencias en el trato y carencia de áreas especiales para mujeres , entre otras .
Para resolver esta problemática , se solicitó a la Federación , a los gobiernos de los Estados y el Distrito Federal que , dentro de sus ámbitos de competencia y facultades , realizaran las acciones necesarias para garantizar el respeto pleno de sus derechos humanos , tomando en cuenta las observaciones contenidas en ese Informe Especial y atendiendo siempre al interés superior de la niñez .
El 12 de diciembre de 2005 , se publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 18 constitucional en materia de justicia para adolescentes , la cual estableció la creación de un nuevo sistema integral de justicia para menores de edad que infringen la ley penal ; señalando el 12 de septiembre de 2006 la fecha de conclusión del plazo para que los Estados y el entonces Distrito Federal crearan las leyes , instituciones y órganos necesarios para la aplicación de dicho sistema .
Durante los meses de abril de 2018 a marzo de 2019 , servidores públicos de la Comisión Nacional , con el apoyo de personal de los organismos públicos protectores de derechos humanos de las diversas entidades federativas , efectuó visitas de supervisión a los 45 centros de tratamiento interno que funcionan en las 32 entidades federativas de la República Mexicana , para examinar , desde su ingreso y durante su permanencia ; el trato y condiciones de detención de los adolescentes .
De la información estadística recabada durante las visitas , se desprende que de los 45 centros de tratamiento interno que se encuentran en funcionamiento , 6 ( 13 %) son varoniles , 35 ( 78 %) alojan a hombres y mujeres , y 4 ( 9 %) son exclusivos para personas del sexo femenino . En conjunto , la capacidad instalada es de 6,866 espacios , mientras que el número de personas internas el día de la visita asciende a 1,445 , entre los cuales se encuentran 1,237 ( 86 %) hombres y 208 ( 14 %) mujeres . De este universo , 431 ( 30 %) se encuentran sujetos a procedimiento y 1,014 ( 70 %) están cumpliendo una medida de tratamiento ; asimismo , 1,362 ( 94 %) de ellos están internados por hechos que la ley señala como delitos del fuero común y 83 ( 6 %) por hechos que la ley señala como delitos del fuero federal .
Derechos humanos relacionados con el trato digno Inadecuadas condiciones de las instalaciones
Se detectaron 26 establecimientos en los Estados de Baja California , Baja California Sur , Campeche , Chiapas , Colima , Estado de México , Guerrero , Hidalgo , Jalisco , Morelos , Nayarit , Nuevo León , Puebla , Querétaro , San Luis Potosí , Sonora , Tabasco , Tamaulipas , Tlaxcala , Veracruz , Yucatán y Zacatecas , cuyas instalaciones presentan anomalías o no reúnen condiciones para garantizar una estancia digna , debido a que presentan deficiencias relacionadas con la , carencia o insuficiencia de camas , colchones , inodoros , lavabos y / o regaderas ; así como falta de vidrios en ventanas .
En dichos centros también existe falta de mantenimiento en dormitorios , patio , talleres , áreas deportivas , de visita , aulas , servicios sanitarios , cocina , comedor , instalaciones hidráulicas y eléctricas ; fallas en el suministro de agua corriente para el aseo de los adolescentes , las estancias y los inodoros . Paredes con grietas , rejas oxidadas y filtraciones , instalaciones eléctricas expuestas , lo que pone en riesgo la integridad de los adolescentes . Asimismo , se observaron deficientes condiciones en la ventilación e iluminación , así como de higiene .
OCTUBRE - DICIEMBRE 2022 Visión Criminológica-criminalística
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