¿Problemas con el inventario?
Este es el procedimiento
para deducirlo
La baja en la demanda habitual ha provocado que diversas empresas puedan sufrir pérdidas
al caducar sus productos
Aquellos negocios que manejan productos
perecederos son quienes se ven mayormente
afectados debido a las medidas de suspensión de
actividades ante la contingencia sanitaria por la que
atraviesan las empresas. Estos son quienes observan,
conforme pasa el tiempo, cómo su mercancía caduca,
queda obsoleta o pierde características que hacen en
extremo difícil la compra por parte del consumidor.
Esto se puede traducir en cuantiosas pérdidas;
sin embargo, las disposiciones fiscales consideran
algunos casos, que al existir una pérdida por
inventarios esto pueda ser reflejado en el ejercicio
correspondiente y ser reportada dicha disminución
de valor.
Pérdida por deterioro de valor
Se produce una pérdida por deterioro cuando su
valor contable supera a su importe recuperable,
siendo éste el mayor importe entre su valor razonable
menos los costes de venta y su valor en uso.
El tratamiento fiscal para esto se deriva del Artículo 27
de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), en el cual,
en su fracción XX, específica será requisito deducirlo
en el periodo en que ocurre, siempre que se cumpla
con los lineamientos establecidos en el Reglamento
de la ley.
La misma ley, señala que, en caso de mercancías
como alimentación, vestido, vivienda o salud, antes
de proceder a su destrucción se deberán ofrecer en
donación a las instituciones autorizadas para recibir
donativos deducibles de manera legal.
Donación de bienes
Como bien se dijo anteriormente, una forma de dar
utilidad a los artículos es mediante esta vía, por lo que,
de acuerdo al reglamento de la Ley de ISR, la donación
deberá realizarse a instituciones autorizadas, para
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