Articulo
PRIMERA ETAPA
Se analiza que los documentos contractuales e información empleados por las instituciones financieras con los usuarios, cumplan con la normatividad aplicable, requiriendo expedientes de clientes, los cuales deben contener diversa documentación como: contrato de adhesión, solicitud, carátula, estado de cuenta. También se verifica la página de Internet y publicidad impresa, para ver su consistencia y no se dé lugar a confusiones en perjuicio del usuario de servicios financieros.
Del análisis anterior, la Condusef informa a las instituciones los incumplimientos normativos detectados, mediante el oficio de programa de cumplimiento forzoso, con el propósito de que aclaren o solventen dichas irregularidades.
SEGUNDA ETAPA
En esta etapa se confirma si las instituciones bancarias aclararon los incumplimientos reportados o llevaron a cabo los cambios ordenados; la Condusef analiza la documentación enviada por las instituciones y determina si se dejan sin efecto las observaciones, si subsisten las irregularidades o se modifica la medida correctiva, todo en protección del usuario de servicios financieros.
Como resultado final de la supervisión, una vez corregidas las irregularidades detectadas, se tiene que 8 Instituciones Financieras obtuvieron calificación de 10 y 1 reprobó: BANCO NACIONAL DE MÉXICO, 9.1; BBVA MÉXICO 6.4; BANSI 10.0; BANKAOOL 10.0; BANCO DEL BAJÍO 10.0; BANCO MERCANTIL DEL NORTE 10.0; BANCO SANTAND- ER MÉXICO 6.6; HSBC MÉXICO 10.0; BANCA AFIRME 10.0; BANCO REGIONAL 10.0; BANCO MULTIVA 9.3; NAVISTAR FINANCIAL( SOFOM, E. R.) REPROBADA.
La calificación de Navistar Financial deriva de que no realizó algunos cambios relativos a Comisiones( Contrato, Carátula y Página de Internet), Tasas de interés, Estado de Cuenta e Información del Buró de Entidades Financieras en su Página de Internet.
Al final y concluido el proceso de supervisión, el promedio de las evaluaciones fue de 8.8, cuando en la primera etapa el promedio apenas se ubicó en 3.5 puntos, lo que significa el logro de que la información proporcionada al usuario sea más transparente, clara y de calidad para este, al momento de contratar, pero no dispensa a las instituciones de cumplir con la normativa que les es obligatoria y aplicable como entidad financiera, así como de las sanciones que pueden dar origen los incumplimientos detectados.
28 Septiembre 2024 · CLASEEMPRESARIAL