Condiciones de Venta
1.- Los animales incluidos en el presente catálogo, se venden conforme a las condiciones habituales de venta que corresponden a su tipo, cuyas características más importantes se detallan en el presente. Queda entendido por tanto, que cada persona
que participe concurriendo al local de venta o haciendo ofertas para adquirir algún animal, acepta en todos sus términos las
condiciones generales y particulares del remate.
2.- Al darse comienzo al remate, el martillero anunciará las condiciones particulares que regirán para el mismo, sin perjuicio
de las condiciones generales aquí mencionadas.3.- La comisión es del 7% mas IVA (21%) al Comprador.
* IVA recargo adicional para Sujetos No Categorizados: 10,5%.
4.- Los animales serán vendidos a la vista de los interesados, sin perjuicio de ello, todos los animales que salgan a la venta
podrán ser revisados por todos los interesados, por sí o por medio de los profesionales que correspondan y designen.- Dicha
revisación podrá realizarse en el local de venta el día del remate hasta la iniciación del mismo.- Por lo expresado precedentemente, todo comprador adquiere el animal que tiene a la vista, en el estado en que se encuentra,
el que se considerará conocido por el interesado aceptándolo con todos sus atributos y virtudes, pero con los posibles defectos, deficiencias o anomalías, que pudiere presentar.- .
5.- Con posterioridad a la adjudicación del animal, en ningún caso, el vendedor o la firma rematadora, aceptarán reclamos que
tengan por objeto rescindir o resolver la operación, obtener una quita en el precio, demorar el cumpli-miento de pago o formalidades; reclamar daños y perjuicios o cualquier “otra pretensión” fundada en deficiencia o errores de pedigree, catálogo,
propaganda, estado físico, orgánico, reproductivo o funcional del animal que hubiere sido adquirido.
6.- El pago del precio del animal adjudicado/adquirido deberá realizarse “al contado”, el mismo día de la compra, salvo que
con anterioridad al inicio de la subasta, el ofertante, comprador/adquirente haya peticionado a la firma rematadora y obtenido
de esta conformidad escrita del vendedor, para que en el caso de resultar comprador, pueda realizar el pago correspondiente
de forma y con plazos distintos al aquí establecido. Se entenderá a las concesiones otorgadas a quien lo solicita, como “concesiones particulares” y por lo tanto no serán extensivas a los restantes “compradores” o a todas las compras que efectúe
un mismo comprador.
Se deja expresamente establecido que aun existiendo plazo de financiación por la compra del animal, igualmente deberán
ser abonados de contado: la comisión del martillero mas su IVA, la percepción del Impuesto a los Ingresos Brutos aplicable
sobre dicha compra y el Impuesto de Sellos que grave su instrumentación, como así también el gasto de transferencia de
los animales y cualquier otro gasto (fletes, cuidado, alimentación, etc.) que correspondan abonar por cuenta del comprador.
7.- Toda persona que resulte compradora de uno o más animales, previo a retirarse del local de venta, deberá cumplir, con las
siguientes obligaciones y formalidades a los efectos de poder retirar el/los animal/es adquirido/s:
a).- Suscribir la documentación correspondiente a su compra (Boleta de venta, Contrato de Compra, Título de Deuda, Pagarés,
etc.), para ello deberá exhibir su documento de identidad, constancia de inscripción “AFIP” y “Dirección de Rentas”, constituir
-a todos los efectos- un domicilio en la República Argentina e informar un teléfono de contacto. Además brindará toda la
información que fuera necesaria tanto para la emisión de la Factura de Compra como en relación al retiro y destino de el/
los animal/es,
b).- Pagar el “precio” de compra; la comisión del martillero mas su IVA, la percepción del Impuesto a los Ingresos Brutos aplicable sobre dicha compra y el Impuesto de Sellos que grave su instrumentación, como así también el gasto de transferencia
de los animales y cualquier otro gasto (fletes, cuidado, alimentación, etc.) que correspondan abonar por cuenta del comprador.
c).- Pagar todo gasto que el animal pudiera generar, con posterioridad a su adjudicación en remate.
d).- Cumplidas todas las condiciones y formalidades, el comprador deberá retirar del local de ventas, el animal adquirido,
dentro de las 24 horas de finalizado el remate, quedando a su exclusivo cargo todos los gastos y/o consecuencias que deriven
de no hacerlo.
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1º Remate de Montados