Catálogo Servicio Social Catálogo | Page 3

SERVICIO SOCIAL Artículo 74. El servicio social es la actividad formativa y de aplicación de saberes que, de manera individual o grupal, temporal y obligatoria, realizan los alumnos, pasantes o egresados de los niveles técnicos y de estudios profesionales en beneficio de la sociedad y de la propia institución. Los fines del servicio social, así como las reglas bajo las que debe desempeñarse, se establecerán en el Reglamento correspondiente. Artículo 75. Para el cumplimiento del servicio social se observará lo siguiente: I. Puede prestarse en la propia institución o en los sectores público, social y privado; II. La prestación del servicio social no generará relaciones de carácter laboral entre quien lo presta y quien lo recibe; III. La duración del servicio social no puede ser menor de seis meses ni mayor de un año, ni cubrir un tiempo menor de 480 horas, y puede realizarse en uno o dos períodos escolares continuos; y IV. En los programas educativos del Área Académica de Ciencias de la Salud se aplicará la normatividad federal y estatal de la materia, así como la legislación universitaria.