BRUJULA CIUDADANA Las redes de la corrupción | Page 24
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formular su recomendación, la ABA revisa la
historia personal del candidato, así como las
opiniones judiciales publicadas, declaraciones
escritas y otros escritos. La ABA utiliza gru-
pos de profesores de derecho y otros que se
especializan en la Corte Suprema para que
revisen los materiales. La Comisión lleva a
cabo extensas entrevistas confidenciales con
los jueces, abogados y otras personas que
están familiarizadas con la experiencia y el
carácter del candidato.
Como puede observarse, el hecho de que
el Presidente en México cuente con la fa-
cultad de nominar candidatos no lo exime
de hacerlo con la debida fundamentación y
motivación, transparentando su actuar pues
se trata de un ejercicio de competencias que
debe responder al principio de legalidad. Si
bien en el orden jurídico mexicano la facultad
de nominar a jueces no parece tener más res-
tricción que un listado de requisitos formales
como edad, nacionalidad, profesión, etc. la
experiencia argentina donde el titular del
Ejecutivo autorregula el procedimiento para
que su propuesta esté debidamente razonada
y sea transparente resulta una buena práctica
de la que debiéramos aprender.
Asimismo, la facultad de aprobación del Se-
nado también puede ejercerse de distintas
formas incorporando prácticas de transpa-
rencia e inclusión de información y grupos
relevantes para la toma de decisiones. De
este modo las autoridades que seleccio-
nan no sólo lo hacen mediante un procedi-
miento transparente, sino que se allegan de
toda la información necesaria para tomar
una decisión fundada en derecho y con una
motivación reforzada que da legitimidad al
nombramiento y permite a los ciudadanos
confiar en los funcionarios nombrados.
Es importante reconocer que
durante la implementación del
SNA el Senado mexicano ha dado
muestras de apertura tanto en el
desarrollo de la legislación como
en algunos nombramientos. Sin
embargo, en el nombramiento de
magistrados del TFJA encargados
de juzgar y sancionar las
faltas administrativas resulta
indispensable la apertura
transparencia y fundamentación
de las designaciones de modo que
se garantice la independencia de
los magistrados, pues sólo así la
ciudadanía podrá confiar en ellos.