BRUJULA CIUDADANA Las redes de la corrupción | Page 24

Brújula Ciudadana 88 22 formular su recomendación, la ABA revisa la historia personal del candidato, así como las opiniones judiciales publicadas, declaraciones escritas y otros escritos. La ABA utiliza gru- pos de profesores de derecho y otros que se especializan en la Corte Suprema para que revisen los materiales. La Comisión lleva a cabo extensas entrevistas confidenciales con los jueces, abogados y otras personas que están familiarizadas con la experiencia y el carácter del candidato. Como puede observarse, el hecho de que el Presidente en México cuente con la fa- cultad de nominar candidatos no lo exime de hacerlo con la debida fundamentación y motivación, transparentando su actuar pues se trata de un ejercicio de competencias que debe responder al principio de legalidad. Si bien en el orden jurídico mexicano la facultad de nominar a jueces no parece tener más res- tricción que un listado de requisitos formales como edad, nacionalidad, profesión, etc. la experiencia argentina donde el titular del Ejecutivo autorregula el procedimiento para que su propuesta esté debidamente razonada y sea transparente resulta una buena práctica de la que debiéramos aprender. Asimismo, la facultad de aprobación del Se- nado también puede ejercerse de distintas formas incorporando prácticas de transpa- rencia e inclusión de información y grupos relevantes para la toma de decisiones. De este modo las autoridades que seleccio- nan no sólo lo hacen mediante un procedi- miento transparente, sino que se allegan de toda la información necesaria para tomar una decisión fundada en derecho y con una motivación reforzada que da legitimidad al nombramiento y permite a los ciudadanos confiar en los funcionarios nombrados. Es importante reconocer que durante la implementación del SNA el Senado mexicano ha dado muestras de apertura tanto en el desarrollo de la legislación como en algunos nombramientos. Sin embargo, en el nombramiento de magistrados del TFJA encargados de juzgar y sancionar las faltas administrativas resulta indispensable la apertura transparencia y fundamentación de las designaciones de modo que se garantice la independencia de los magistrados, pues sólo así la ciudadanía podrá confiar en ellos.