Boletín Derechos en La Frontera Boletín Derechos en la Frontera_ABRIL 2017 | Page 13

,,, DERECHOS EN LA LUPA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL EN CHILE Respecto del patrimonio natural, se debe tener en cuenta que desde el punto de vista jurídi- co, su protección y resguardo radica en primer término, en los tratados internacionales que ha ratificado Chile y, que de acuerdo a lo establecido por el Artículo 5° de la Constitución Política de la República, son parte integrante de nuestro ordenamiento jurídico, de mane- ra que convenciones como la Convención para la Protección de la flora, la fauna y las belle- zas escénicas naturales de América, promulgado y publicado en 1967; el Tratado Antártico, promulgado y publicado en 1961; el Convenio para la protección del medio ambiente y la zona costera del Pacífico Sudeste, promulgado y publicado en 1986; el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, promulgado y publicado en 1990; el Tratado en- tre la República de Chile y la República Argentina sobre Medio Ambiente, promulgado y publicado en 1993, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, promulgado y publicado en 1995; el Convenio sobre la Diversidad Biológica, promulgado y publicado en 1995 o el Protocolo de Kioto, ratificado el año 2002, son parte integrante de nuestra legislación ambiental, a lo cual debe sumarse que nuestro país participa en dife- rentes Foros Internacionales Globales respecto de estas temáticas, tales como la Comisión de Desarrollo Sustentable de las Naciones Unidas; la Comisión Interamericana de Desa- rrollo Sostenible de la Organización de Estados Americanos; el Fondo Mundial para el Me- dio Ambiente y el Consejo de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y El Caribe.