¡BASTA YA! COLOMBIA: MEMORIAS DE GUERRA Y DIGNIDAD | страница 399

INFORME GENERAL Centro Nacional de Memoria Histórica
En este sentido, el capítulo contiene propuestas específicas orientadas a la realización plena de los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, bases ineludibles para la superación del conflicto y la construcción de los cimientos propios de una sociedad democrática, en cumplimiento además de los compromisos que como sociedad y Estado tiene Colombia con la Comunidad de Naciones.
El esfuerzo de construir una nueva arquitectura institucional en paz y para la paz presupone la garantía de participación de las víctimas y de los diversos sectores de la sociedad civil desde las regiones hacia lo nacional, lo cual adquiere relevancia para el fortalecimiento de la confianza entre el Estado y la Sociedad.
Otras recomendaciones en el capítulo parten de la premisa de que existe una relación dialéctica entre la naturaleza del conflicto armado y las estructuras de poder, sin la cual este conflicto no hubiera podido perpetuarse durante seis décadas. En este sentido, la configuración de un“ Estado para la guerra” debe ser reemplazada, paulatinamente, por una configuración propia de un Estado con capacidad de desactivar la guerra, incluso si el conflicto armado continuase.
El tiempo de la transición será largo, pues el de la guerra ha cubierto al menos cuatro generaciones. Una década para trasformar el Estado y los rasgos culturales permeados por el conflicto parece ser el mínimo requerido, ya que se trata de un sistema, con sus estructuras y visiones del mundo, enraizado en las concepciones colectivas. Por ello, las recomendaciones de una arquitectura para la paz pueden constituir una contribución a la transformación del conflicto aún vigente.
El gmh reconoce los esfuerzos realizados en los últimos años para crear un entorno favorable para la reparación integral las víctimas y de transición hacia la paz. Para reforzar estos fines, aporta las siguientes recomendaciones:
Recomendaciones para la realización de los derechos de las víctimas
Derecho a la Verdad
El derecho a la verdad es parte sustancial de la lucha contra la impunidad y de la prevención de nuevas violaciones de Derechos Humanos, en perspectiva de no repetición. Así, el reconocimiento oficial y social de lo que ha pasado( qué, por qué, quiénes, dónde, cómo) y la identificación de las responsabilidades por lo que ha pasado hacen parte del patrimonio público de una sociedad. La difusión pública y completa de la verdad, en la medida en que no provoque más daños innecesarios a las víctimas, los testigos y otras personas, constituye una medida de satisfacción y una garantía de no repetición. Por otro lado, la importancia de la preservación de la memoria previene contra el surgimiento de tesis revisionistas o negacionistas sobre lo ocurrido en el pasado violento.
En el marco del derecho a saber, se conjugan el derecho a la verdad, en su dimensión individual( de las víctimas) y colectiva( de la sociedad), con el deber de recordar a cargo del Estado, lo que se traduce en propiciar las garantías y condiciones necesarias para que tanto la sociedad— a través de sus diferentes expresiones, como víctimas, academia, centros de pensamiento, organizaciones sociales, organizaciones de víctimas y de derechos humanos—, como los organismos del Estado que cuenten con competencia, autonomía y recursos puedan avanzar en ejercicios de reconstrucción de memoria como aporte a la realización del derecho a la verdad del que son titulares las víctimas y la sociedad en su conjunto. 2
Para contribuir a la realización del derecho a la verdad y al deber de memoria del Estado, se recomienda:
1. Que el Presidente de la República y otros funcionarios del Estado, en nombre del Estado colombiano, reconozcan la responsa-
2. Véase Ley 1448 de 2011, Art. 143.
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