¡BASTA YA! COLOMBIA: MEMORIAS DE GUERRA Y DIGNIDAD | Page 258

Guerra y justicia en la sociedad colombiana
Pero además, se optó por la reforma constitucional como una forma de blindar la nueva apuesta frente al riesgo de que el control constitucional judicial no permitiera adoptar un esquema distinto al de la judicialización total, de acuerdo con el estándar establecido en la jurisprudencia constitucional en los últimos años. En efecto, el modelo original previsto para la desmovilización colectiva de los paramilitares estaba pensado para que solo entraran a Justicia y Paz quienes voluntariamente decidieran hacerlo, y para que se aplicaran los beneficios de amnistías concebidos para los delincuentes políticos a quienes no tuvieran investigaciones abiertas por su participación en crímenes atroces. Sin embargo, la implementación de este modelo no fue posible a raíz de las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia. Tras ello, se intentó aplicar el principio de oportunidad, pero la Corte Constitucional determinó que esta propuesta era inconstitucional. 156 Finalmente, el Congreso expidió la Ley 1424 del 2010, conocida como la Ley de Acuerdos de Contribución a la Memoria Histórica. Esta norma consagró amplios beneficios de libertad a los desmovilizados a cambio de contribuciones al esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas. La Corte Constitucional determinó la constitucionalidad de esta ley, pero aclaró que todos los desmovilizados deben rendir cuentas ante los jueces, y además cerró la puerta para que los máximos jefes de los grupos armados puedan acceder a los beneficios ofrecidos por el Estado.
El Marco para la Paz abre, sin duda, un nuevo capítulo en la historia de la justicia colombiana frente al conflicto. Sin embargo, apenas está escrita la primera página: la extensión y orientación de este capítulo es aún incierta. Este documento podría constituirse como el punto de partida de la ruta jurídica hacia la desmovilización de las guerrillas si se cumplen dos condiciones: en primer lugar, si prosperan las negociaciones de La Habana, que al momento de redacción de este informe se encuentran en curso. La segunda condición es que la Corte Constitucional determine que el Marco para la Paz cumple con los requisitos para declararlo constitucional. Es indudable que el Marco revivirá la discusión sobre el delito político, su naturaleza, su sentido y sus efectos en materia penal. En este proceso, cargado de dilemas pero también de apuestas esperanzadas sobre el futuro, es fácil prever que la palabra de los jueces será determinante.
El Marco para la Paz se presentó como una vía necesaria para ofrecer alternativas frente a las dificultades advertidas en el proceso de desmovilización de los paramilitares. Sin embargo, durante su discusión surgieron otros asuntos que no necesariamente estaban conectados con el propósito inicial. El más notable de ellos fue la autorización para que los agentes del Estado puedan ser objeto de un tratamiento diferenciado en el marco de un acuerdo de paz. Este punto quedó finalmente incorporado en el texto constitucional, pero todavía no resultan claros ni su alcance, ni las condiciones a las cuales está sujeto.
156. Esta propuesta se consagró en la Ley 1312 de 2009, pero fue declarada inexequible en la sentencia C-936 del 2010.
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