Autor: Manuel Araiza | Page 6

Derechos

reales

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Bienes y derechos reales

Los derechos reales que recaen sobre un bien propio se les llama propiedad; esta es la facultad que consiste en gozar y disponer de una cosa con las modalidades y limitaciones que tienen las leyes. Debe acreditarse con un documento.

Formas de adquirir la propiedad

Ocupación: apoderamiento de una cosa que carece de dueño, con la intención de apropi-

arla (animales de caza, tesoros, bienes muebles)

Accesión: derecho que tiene de apropiarse el dueño de una cosa de todo lo que produzca o se le una por actos naturales o artificiales.

Enajenación: transmisión del dominio de una cosa que hace el propietario de ella a otra persona por cualquier medio legal.

Herencia: transmisión de bienes de un difunto a los herederos que de acuerdo a la ley deben recogerlos

Usucapión: adquirir bienes mediante el transcurso del tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley

Modos involuntarios

Perdida: que puede ser física o jurídica.

Expropiación: transferencia de la propiedad al Estado mediante indemnización.

Revocación: el anterior propietario declara su voluntad de dejar sin efecto el acto por el cual transmitió el dominio al actual titular.

Modos voluntarios

Abandono: dejar de lado o descuidar cualquier objeto o derecho que se considera propiedad de un individuo.

Enajenación: es la transmisión de una cosa o de un derecho hacia otra persona.

Es un estado de hecho que permite a una persona poseer (detentar) materialmente una cosa, de manera exclusiva para ejercitar sobre ella actos por el cual transmitió el dominio al actual titular.

Elementos

Material-Corpus: conjunto de actos materiales necesarios para que exista la posesión de la cosa

Psicológico-Animus elementos incor-

póreo, realización de los actos posesorios por cuenta propia.

Formas de extinguir la propiedad

¿Qué es la posesión?