IMPACTO
IMPACTO
LAS PENSIONES SEGÚN EL GOBIERNO DEL PARTIDO POPULAR
José Manzanares Núñez i Recientemente, con el nuevo Real Decreto-Ley 5 / 2013, de 15 de marzo, se“ quiebra” el Pacto de Toledo y el Diálogo social, sentando un precedente gravísimo hacia el futuro en una materia que hasta ahora venía siendo fruto de acuerdos y consensos. Ante las exigencias de Bruselas por el rescate bancario, se cede todo … Además, supone una corrección impuesta de un Acuerdo Social, firmado en 2011 por el Gobierno, las Organizaciones Empresariales y Sindicales, y siguiendo las recomendaciones del propio Pacto de Toledo, aun antes de que empezara su vigencia el 1 de enero de 2013. Lo más llamativo en un Decreto-Ley, complejo y extenso(“ laberinto indescifrable”, según Díaz Arias en EL PAIS-Negocios 14 Abril 2013), es que toca materias muy diferentes, aprovechando abusivamente una manera de gobernar que no tiene encaje constitucional:
1. El retraso de la edad de jubilación anticipada y parcial y los requisitos nuevos, que como se ha dicho, más parecen buscar hacer imposibles esas figuras. Por otra parte, hay que tener en cuenta que la jubilación anticipada no sale gratis. Ni mucho menos, puesto que por cada año de adelanto, se experimenta una merma en la pensión para todo lo que reste de vida, de entre un 6,5 y un 7,5 por ciento. Ya se privó durante tres meses de suspensión de la Ley( Enero-Abril 2013) a muchos trabajadores de poder acogerse a estas figuras que en muchas ocasiones son la válvula de escape para aliviar plantillas y resolver situaciones de crisis de las empresas.
Hasta ahora, ha funcionado la teoría del mal menor: cuando se planteaban EREs, los representantes de los trabajadores, los Sindicatos, han venido aplicando estas fórmulas para evitar, por un lado, que se despidiera a trabajadores que tendrían menor protección y, por otro, buscar complementos a la Seguridad Social para mejor proteger a estos trabajadores, que no es posible con otras medidas, teniendo en cuenta que difícilmente van a volver a encontrar trabajo cuando lo pierdan. Ya veremos qué dirán cuando los mayores sigan perdiendo el empleo, no encuentren otro y, además, ya no tengan la protección de estas fórmulas tan cínicamente denostadas.
2. Retraso de las jubilaciones sobrevenidas por situación de despido / paro. Lo que era común en la Reforma de 2011, que tanto la jubilación anticipada por quedar en paro por causas ajenas a la voluntad del trabajador( a los 61 años), como la nueva figura de la jubilación voluntaria( a los 63) que antes de este Acuerdo de 2011 no existía, han sido retrasadas, con el mismo ritmo, que la edad absoluta de los 65 a los 67, de forma que entre la jubilación“ obligatoria” por despido y la de la edad legal
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