• cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora
• que el monto de la pensión calculada sea mayor en 30 % a la que el gobierno garantiza ( pensión mínima garantizada )
• en caso de contar con beneficiarios , que cubra el seguro de sobrevivencia de los mismos .
Antes de los 40 ?
De acuerdo con las más recientes modificaciones a la Ley del Seguro Social y a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro , el asegurado tiene la opción de pensionarse antes de cumplir los 60 años , siempre y cuando :
• cuente con los recursos suficientes en su cuenta individual para contratar una renta vitalicia con una aseguradora
• que el monto de la pensión calculada sea mayor en 30 % a la que el gobierno garantiza ( pensión mínima garantizada )
• en caso de contar con beneficiarios , que cubra el seguro de sobrevivencia de los mismos .
Se espera que sea mayor el número de trabajadores elegibles para una pensión , al mismo tiempo que se reduce el mínimo de semanas de cotización requeridas para obtenerla .
Aprendiendo 50