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Esto es importante porque al hacerlo así, las autoridades tienen conocimiento de qué trabajadores presentarán declaración anual, puesto que no se realizó el cálculo anual. ¿Quién está obligado a presentar declaración anual? Art. 98 Fracción III – Cuando obtenga, además de salarios, otros ingresos tales como honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, etc. – Cuando hubiera comunicado por escrito al retenedor (patrón) que presentará la declaración anual. – Cuando dejan de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año por el que se presenta la declaración. – Cuando hubiesen prestado servicios a dos o más patrones en forma simultánea. – Cuando perciban salarios del extranjero. – Cuando obtengan ingresos superiores a $400,000.00 ¿Cómo se determina el impuesto anual? Su determinación se basa disminuyendo de la totalidad de los ingresos obtenidos en un año calendario, el impuesto local a los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio subordinado que hubieran retenido en el año de calendario. Al resultado obtenido se le aplicará la tarifa del artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Contra el impuesto que resulte a cargo del contribuyente se acreditará el importe de los pagos provisionales efectuados en los términos del artículo 96 de la citada Ley con anterioridad. Como patrón estas obligado a su declaración informativa y a enterar el impuesto a cargo que resulte, así como proporcionar su constancia de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidios para el empleo. INGRESOS INGRESOS Art. 93 INGRESOS TOTALES EXENTOS GRAVADOS (-) (=) Si A > B, entonces ISR a cargo Si C > D, entonces ISR a retener Si A < B, no habrá impuesto a cargo ni entregará cantidad Si C < D, entonces Saldo de ISR a alguna al trabajador favor Art. 97 LISR A B C D % LIMITE EXCEDENTE S/EXC IMPUESTO CUOTA ISR SPE ISR RETENCIÓN LIM A DEL LIM CORRESPONDI INFERIOR INF MARGINAL FIJA CARGO DE ISR INF CAUSADO Ó (-) (=) www.lanomina.com.mx (*) (=) (+) (=) (-) (=) (-) ISR A FAVOR Y/O A CARGO (=) 16