Reflexiones sobre la “parchilogía”
del SUA
Autor: José Soto
En primer lugar pido disculpas por mi informalidad, dado que si este editorial está apareciendo en un
boletín especial de aniversario de mis grandes amigos de “lanomina.com.mx”, tenga que salir con este tipo
de títulos que inducen a pensar en la desenvoltura del artículo, en lugar de tratarse de un escrito con mayor
seriedad.
Por favor, no piensen así.
Pensemos por el contrario, que el Instituto Mexicano del Seguro Social, no es una institución cuya finalidad
primordial sea la de otorgar a los patrones sistemas informáticos.
Bien. Ya estamos de acuerdo en eso.
Entonces... quien es el responsable del calvario al que los usuarios han estado sometidos desde el año 2006
que fue cuando apareció la versión actual del SUA (Sistema único de autodeterminación).
Veamos lo que nos señala el artículo 39 de la Ley del Seguro Social:
"Articulo 39. Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a
determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el
Instituto. Asimismo...“
Entonces en lo que Sí está obligado el IMSS es a darme, como opción, un sistema informático con el que
pueda hacer frente a mi o