Administración de créditos FONACOT
Autor: Mayra Gómez
La Reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en el Diario Oficial de la Federación el
30 de Noviembre 2012 y que entró en vigor al siguiente día indica que todos los
patrones deberán afiliarse al INFONACOT de manera obligatoria y para ello
establecieron un plazo de un año el cual venció el 30 de Noviembre de 2013.
Esto significa que a partir de Diciembre de 2013 todas las empresas ya deben estar
ofreciendo esta prestación a los empleados y por lo tanto administrando dichos
créditos.
¿Qué implica la administración de créditos FONACOT?
Las empresas al ser responsables solidarios, tiene la obligación de retener vía nómina
de los empleados los montos correspondientes al pago de los créditos FONACOT.
Para ello INFONACOT proporciona a las empresas mensualmente un archivo conocido
como Cédula de Pago la cual contiene la información de los créditos adquiridos por los
empleados, y la empresa cada mes debe revisar dicha información para validar que las
mensualidades se estén reteniendo correctamente en nómina, si ya se terminó de
pagar un crédito para que deje de descontar e identificar si hay algún préstamo nuevo
o bien que no se esté descontando de nómina para empezar a hacerlo.
Con este propósito muchas empresas se apoyan de archivos de Excel para llevar el
control de los créditos y los comparan manualmente contra la cédula proporcionada
por INFONACOT para identificar diferencias y hacer los ajustes necesarios.
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