Agenda Cultural UdeA - Año 2011 AGOSTO | Page 6

ISBN 0124-0854
N º 179 Agosto de 2011 condición sine qua non para el disfrute de nuestros derechos. Generalmente esto se olvida debido a esa irrefrenable tendencia humana por soslayar lo valioso que se tiene o a la arrogancia de algunos que por querer imponer su concepción de verdad o felicidad( religiosa o secular) terminan afectando lo que todos necesitamos.
Fue quizá Thomas Hobbes el autor que más se preocupó por destacar la importancia de este fin. El orden que genera el Estado de derecho y sus instituciones es el producto de los ingentes esfuerzos humanos por superar la condición más miserable en la que los hombres pueden caer: la guerra de todos contra todos. Así, el Estado surge como lo opuesto a la guerra, como la única paz posible para los hombres, por lo menos en la tierra.
Sin la autoridad del Estado no puede haber tranquilidad. Con esto, Hobbes resume el legado de su teoría. Hobbes no busca ni la verdad, ni la perfección humanas, pues sabe que son inalcanzables o dependen de cada cual. Su propósito es más modesto: recordar que nuestros más preciados derechos o libertades dependen de la presencia del Estado para existir. Sin seguridad no se puede ser libre.
Como bien recuerda Chantal Millon-Delsol, es este carácter de la modestia el que diferencia el Estado de derecho de las formas autocráticas y totalitarias del poder. En efecto, el Estado de derecho se ordena a la vida, para utilizar una expresión hobbesiana; su propósito es hacer posible las condiciones para que cada individuo realice su proyecto de vida según sus deseos o intereses, sin afectar, claro está, los de los demás. Pero no procura crear, rehacer o perfeccionar la vida, pues no tiene algo así como una concepción unívoca de la verdad o de la felicidad; o si la tiene, es el pluralismo. De ahí que el poder del Estado de derecho tenga un lugar y terreno suficientemente