ISBN 0124-0854
N º 113 Agosto 2005 provistos en el ejercicio de la autoridad gubernamental. En cuanto a los servicios culturales, la excepción se aceptó principalmente en el sector audiovisual-que abarca cine, radio y TV-, Y en los servicios de bibliotecas, archivos y museos, y los deja exentos de aplicar los principios de NMF y TN. La excepción cultural permite el desarrollo de políticas públicas que apoyen el sector audiovisual mediante cuotas de transmisión en televisión y radio, ayuda financiera para la producción y la distribución de programas y acuerdos regionales de coproducción. d. TRIPS: Propiedad intelectual Su objeto es dictar reglas comunes para la protección de los derechos de propiedad intelectual. Las áreas cubiertas por el Acuerdo son los derechos de autor y derechos conexos, marcas, indicaciones geográficas, diseños industriales, patentes e información confidencial. En ciertas circunstancias, se otorga a los autores de obras cinematográficas el derecho de autorizar o prohibir el alquiler al público de originales o copias de su obra. El país miembro no está en la obligación de conceder al autor el derecho exclusivo al alquiler comercial de obras cinematográficas, a no ser que el alquiler de dicha obra haya conducido a su copia extendida y que, por lo tanto, se esté obstaculizando el derecho exclusivo de reproducción conferido a los autores y sus sucesores. Por su parte, los intérpretes pueden impedir la grabación, transmisión y comunicación no autorizadas de sus actuaciones en vivo, al público. Los
productores de fonogramas tienen el derecho exclusivo a la reproducción y al alquiler comercial de sus producciones. e. NAFTA El Acuerdo de Libre Comercio suscrito entre Canadá y Estados Unidos en 1989 despertó el interés mexicano y se abrió la posibilidad de negociar un acuerdo. Las negociaciones se Iniciaron en 1991 y el acuerdo entró en vigencia en 1994. En el Acuerdo suscrito por Canadá y Estados Unidos, el gobierno canadiense había logrado la excepción cultural para el sector. Los intereses de México en la negociación del NAFTA se enfocaron en dos temas. Por un lado, los negociadores querían restaurar los derechos de autor de las películas mexicanas, que habían entrado a ser de dominio público estadounidense bajo el régimen previo de derechos de autor de Estados Unidos. Por otra parte, los mexicanos no querían aplicar el principio de Trato Nacional a los derechos conexos de los intérpretes sobre presentaciones públicas de sus grabaciones de sonido. El objetivo principal de los Estados Unidos era lograr la mayor liberalización posible, la extensión de todos los derechos de propiedad intelectual, la eliminación de la excepción cultural con Canadá. Además, excluir los derechos morales del NAFTA, persuadir a México de aceptar el concepto de work for hire( 1), prohibir la importación paralela( 2) e incluir derechos de alquiler comercial para los pro ductores de grabaciones sonido. En el Acuerdo se acepta excepción cultural a Canadá cuatro