Acuerdo Administrativo Gobierno del Estado de Zacatecas CXXIX_SUPL8_AL_85_I_ | Page 6

6 SUPLEMENTO AL PERIÓDICO OFICIAL Artículo Segundo. El personal que se encontraba adscrito al establecimiento penitenciario distrital de Villanueva, Zacatecas, prestará sus servicios en el Centro Penitenciario distrital de Jerez, Zacatecas que será considerado como su nuevo lugar de adscripción, salvo lo que la Dirección de Prevención y Reinserción Social determine. Artículo Tercero. Los expedientes y demás información en trámite del establecimiento penitenciario distrital de Villanueva, Zacatecas deberán ser transferidos para su seguimiento al Centro Penitenciario Distrital de Jerez, Zacatecas, mediante el acta de entrega recepción correspondiente y con intervención de la Coordinación Administrativa de la Secretaría de Seguridad Pública y el Órgano Interno de Control de la misma dependencia. Artículo Cuarto. El presente Acuerdo Administrativo deberá ser informado al Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial del Estado, para que surta los efectos legales correspondientes. Dado en el despacho del Poder Ejecutivo del Estado, en cumplimiento a lo establecido por el artículo 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, se expide el presente Acuerdo Administrativo para su debida aplicación y observancia a los veintitrés días del mes de octubre del dos mil diecinueve. GOBERNADOR DEL ESTADO DE ZACATECAS.- ALEJANDRO TELLO CRISTERNA. SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- JEHÚ EDUÍ SALAS DAVILA. SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA.- ISMAEL CAMBEROS HERNÁNDEZ. Rúbricas Gobierno del Estado de Zacatecas