Código de la Niñez y la Adolescencia
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Artículo 11 (deberes)
En el ejercicio de libertades y derechos, las personas menores de
edad estarán obligadas a respetar las restricciones establecidas por
la ley, la moral y el orden público. En particular, deben cumplir con
los siguientes deberes:
a) Honrar a la Patria y los símbolos.
b) Respetar los derechos y las garantías de las otras personas.
c) Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o
responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos
y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
d) Ejercer activamente sus derechos y defenderlos.
e) Cumplir sus obligaciones educativas.
f) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y
cultura.
g) Conservar el ambiente.
Análisis
El ser menor de edad no significa estar exento de deberes ni creer
que solo se tienen derechos. Todo lo contrario, leyes como el Códi-
go de la Niñez y la Adolescencia los hace partícipes de los procesos
sociales, políticos, económicos, culturales y ambientales.
Es cierto que esta población no ejerce el voto para elegir al presi-
dente de la República y los diputados, pero esto no es símbolo de
minimizar su participación ciudadana.
En la actualidad, los jóvenes conocen muy bien sus derechos,
pero a veces se les olvidan sus deberes, primordiales
para su formación personal y profesional.
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