Responsabilidades ciudadanas
en
La Constitución Política
artículos
Artículo 19
Artículo 1
Costa Rica es
una República
democrática, libre e
independiente.
Artículo 18
Los costarricenses
deben observar la
Constitución y las
leyes, servir a la Patria,
defenderla y contribuir
para los gastos públicos.
Los extranjeros tienen los mismos
deberes y derechos individuales y
sociales que los costarricenses, con las
excepciones y limitaciones que esta
Constitución y las leyes establecen.
No pueden intervenir en los asuntos
políticos del país, y están sometidos
a la jurisdicción de los tribunales
de justicia y de las autoridades de la
República, sin que puedan ocurrir a la
vía diplomática, salvo lo que dispongan
los convenios internacionales.
Análisis
Según los artículos citados anteriormente (1, 18 y 19),
nuestro país es una República libre e independiente, en el
cual nos regimos por una Constitución Política en la que
se establece un cuerpo jurídico de respeto a las normas
de convivencia. También, se establecen los derechos y los
deberes en la sociedad, fundamentales para promover
relaciones de respeto y de conciencia social.
Los extranjeros también tienen deberes y derechos, con
ciertas limitaciones según lo establece la ley.
Sin embargo, no significa ni implica discriminarlos;
tampoco crear un ambiente de rechazo.
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