[ DESAFÍOS ANTILAVADO ]
simplemente se solicite información básica, como podría ser una dirección de correo
electrónico. Los correos electrónicos también sirven para remitir los comprobantes de
transacción. Generalmente, y de la mano con lo reseñado anteriormente, esto sucede
cuando se trata de operaciones que podrían ser realizadas en efectivo y sin necesidad
de ser cursadas mediante el sistema financiero tradicional. Cuando el cliente comienza
a tomar más relevancia, podría solicitarse un comprobante de identidad, la realización
de una videollamada, etc. Se trata de una posición que ha sido adoptada de forma
similar por otras verticales de la industria fintech. 10
¿Qué criterio deberían adoptar los organismos
reguladores?
Mientras no exista una norma clara al respecto, estará a cargo de la industria la creación
de buenas prácticas. Sin embargo, y como bien señala el GAFI, los organismos
reguladores nacionales deberán en algún momento tomar cartas en el asunto y definir
el tratamiento que le corresponden a los criptoactivos en general, incluyendo cuando
los mismos interactúan en cajeros automáticos. Los siguientes lineamientos tienen por
finalidad brindar algunas ideas al regulador y a la industria sobre cómo debería esbozarse
esas normativas.
En primer lugar, es necesario definir que es un criptoactivo y determinar su naturaleza
jurídica. El GAFI ha expresado su opinión en varias oportunidades de forma consistente.
11 Sin embargo, dicha definición no hace una distinción en el tratamiento para
los dos propósitos que puede tener un criptoactivo: medio de pago y vehículo de inversión.
Un instrumento que es usado como moneda no es igual que un valor negociable,
por lo tanto, es apropiado que el tratamiento jurídico sea diferente. En ese sentido, no
deberían ser tratados de manera idéntica desde la perspectiva de la prevención de
lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Asimismo, esta regulación debe ser
coordinada con las autoridades que tengan competencia en la materia. Un organismo
que tenga a su cargo la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo
no está capacitado para decidir que es una moneda y que no lo es, así como
tampoco puede autorizar la oferta y negociación de un valor negociable. Por otro lado,
también es importante que los reguladores con competencia en la prevención de
lavado de activos y financiamiento del terrorismo tengan en cuenta que los criptoactivos
también constituyen el instrumento por excelencia para que, en los próximos años,
los particulares puedan recuperar la posibilidad de negociar directamente entre ellos
sin censura o limitaciones por parte de terceros, en atención a la importancia de los
criptoactivos para el desarrollo de la sociedad democrática. 12
Conclusión
Si bien en la actualidad los cajeros automáticos de criptoactivos no están regulados de
forma expresa, las entidades que operan en la industria han optado por, con buen criterio,
colaborar con las autoridades adoptando medidas que ayuden a las actividades
de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. De igual manera,
es eminente no limitar los derechos fundamentales de los particulares de usar medios
de pago que sean resistentes a la censura y permitan fondear el ejercicio de otros
derechos fundamentales. En los próximos años será necesario el trabajo en conjunto
con la industria, el Estado y la sociedad civil para la creación de un marco normativo
que sea respetuoso con los derechos de los particulares al mismo tiempo que el
Estado puede alcanzar sus objetivos de política criminal.
Andres Chomczyk, abogado, doctorado en Derecho (Vrije Universiteit Brussel) e
investigador universitario, LSTS Research Group, VUB, andreschomczyk@gmail.com
1
El término criptoactivo se utiliza en el presente artículo
para referirse exclusivamente a las criptomonedas, las
cuales han sido calificadas por el GAFI como monedas
virtuales convertibles y descentralizadas. Para mayor
información sobre la clasificación general de los
criptoactivos, es posible consultar el siguiente artículo:
Andrés Chomczyk y Pablo Andrés Palazzi, «Primer caso
argentino sobre “apropiación” de criptomonedas», La
Ley 2019, n.o B (10 de abril de 2019): 1-7.
2
Ana Belén Ehuletche, «Bitcoin: la criptomoneda
hace su aparición en operaciones de comercio
exterior», La Nación, 7 de marzo de 2019, https://
www.lanacion.com.ar/economia/comercio-exterior/
bitcoin-la-criptomoneda-hace-su-aparicion-enoperaciones-de-comercio-exterior-nid2226029
3
Lucas Caram, «Para sobrevivir o para evitar
recargos, las remesas en criptomonedas ya
son parte de la vida cotidiana en los países
latinoamericanos», Cointelegraph, 25 de septiembre
de 2019, https://es.cointelegraph.com/news/
for-survival-or-to-avoid-taxes-latin-american-citizensadopt-cryptocurrency-remittances
4
Froilan Fernández, «Cajeros automáticos de bitcoin
crecieron 53% en el último año», CriptoNoticias (blog),
22 de octubre de 2019, https://www.criptonoticias.
com/negocios/cajeros-automaticos/cajerosautomaticos-bitcoin-crecieron-50pc-ultimo-ano/
5
«Guidance for a Risk-Based Approach, Virtual Assets
and Virtual Asset Service Providers» , FATF, junio de
2019, § § 37 y 94, https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/
documents/recommendations/RBA-VA-VASPs.pdf
6
Ib. § 206.
7
Mitchell Hyman, «Bitcoin ATM: A Criminal’s Laundromat
for Cleaning Money», St. Thomas Law Review, Vol.27,
No.2 (2015): 296-317.
8
Catherine Martin Christopher, «Whack-A-Mole:
Why Prosecuting Digital Currency Exchanges Won’t
Stop Online Money Laundering», Lewis & Clark Law
Review,Vol.18, No.1 (2014): 1-36.
9
Arnaldo Ochoa, «Argentina: Ministerio de Seguridad
se une a Bitex para investigar ciberdelitos con ayuda
de Blockchain», DiarioBitcoin, 26 de octubre de 2019,
https://www.diariobitcoin.com/index.php/2019/10/26/
argentina-ministerio-de-seguridad-se-une-abitex-para-investigar-ciberdelitos-con-ayuda-deblockchain/
10
Andrés Chomczyk, «El Desafío de las Identidades
Digitales para la Industria Fintech», Fintech: Aspectos
Legales, 1a edición, Vol. 1 y 2, Colección Derecho
y Tecnología, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Universidad de San Andrés, 2019), 225-41.
11
«Guidance for a Risk-Based Approach, Virtual Assets
and Virtual Asset Service Providers», FATF, junio de 2019,
§ 33, https://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/
recommendations/RBA-VA-VASPs.pdf
12
Jerry Brito, «The Case for Electronic Cash: Why
Private Peer-to-Peer Payments are Essential to an
Open Society» , CoinCenter, febrero de 2019, https://
coincenter.org/files/2019-02/the-case-for-electroniccash-coin-center.pdf
[ JULIO–AGOSTO 2020 ] 29