16 de febrero 2022 | Page 314

6 . El Estado miembro o la oficina de aduana ( si el destino se cambia dentro de un Estado miembro ) de destino de los productos cubiertos por los certificados de circulación de sustitución figurará en la casilla 5 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED o en la casilla 6 de los certificados de circulación ATR de sustitución .
7 . Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 , los datos que figuren en la casilla 7 del certificado inicial EUR . 1 o EUR-MED , o en su caso , las correspondientes observaciones de naturaleza similar indicadas en la declaración inicial de origen / en factura se recogerán en la casilla 7 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED . Los datos que figuran en la casilla 8 del certificado de circulación inicial ATR se indicarán en la casilla 8 del certificado de circulación ATR de sustitución .
Los datos que deban ser transferidos de conformidad con el presente apartado deberán referirse a los productos cubiertos por los certificados de circulación de sustitución .
8 . Todos los datos de los productos cubiertos por los certificados de sustitución que vayan a ser transportados de un Estado miembro a otro , o de una aduana a otra ( dentro del territorio de un mismo Estado miembro ), se recogerán en la casilla 8 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED y en la casilla 10 de los certificados de circulación ATR de sustitución .
9 . El peso bruto ( u otra medida pertinente ) de los productos cubiertos por los certificados de sustitución que vayan a ser transportados de un Estado miembro a otro , o de una aduana a otra ( dentro del territorio de un mismo Estado miembro ), se recogerá en la casilla 9 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED y en la casilla 11 de los certificados de circulación ATR de sustitución .
10 . Las referencias a la factura del re expedidor ( el que envía los productos ) se recogerán en la casilla 10 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED .
11 . Las autoridades aduaneras que expidan los certificados visarán la casilla 11 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED o la casilla 12 de los certificados de circulación ATR de sustitución .
12 . La casilla 12 de los certificados de circulación de sustitución EUR . 1 o EUR-MED o la casilla 13 de los certificados de circulación ATR de sustitución debe ser cumplimentada y firmada por el re expedidor .
13 . La oficina de aduana de expedición deberá anotar en el certificado de circulación inicial ( o , en su caso , en la declaración inicial de origen / factura ) el peso , la cantidad y la naturaleza de los productos remitidos e indicar los números de serie de los certificados o del certificado de sustitución correspondiente . El certificado de circulación inicial ( o , en su caso , la declaración inicial de origen / factura ) deberá ser conservado por las autoridades aduaneras o por los operadores económicos durante al menos tres años 15 .
14 . Una fotocopia del certificado de circulación inicial ( o , en su caso , de la declaración inicial de origen / factura ) podrá adjuntarse al certificado de circulación de sustitución 16 .
III . Sustitución de la prueba de origen y de los certificados de circulación ATR de sustitución
Es posible sustituir una prueba de origen y un certificado de circulación ATR de sustitución . Para ello se aplicarán los mismos criterios que anteriormente : el punto I para las declaraciones de origen / factura y el punto II para los certificados de circulación .
Con el fin de garantizar que la prueba inicial de origen pueda ser fácilmente localizada en caso de un control a posteriori , el número inicial de la prueba de origen y su lugar y fecha de expedición o de extensión han de estar contenidos en la ( s ) nueva ( s ) prueba ( s ) de origen de sustitución . También deberá incluir el número , el lugar y la fecha de expedición o de extensión de la última prueba de origen de sustitución en base a la cual la ( s ) siguiente ( s ) prueba ( s ) de origen se emite o expide . Esto se aplicará mutatis mutandis a los certificados de circulación ATR .
VER : NI GA 16 / 2017 de 12 de diciembre , sobre aplicación en la Unión Europea de las disposiciones relativas a la sustitución de pruebas de origen y certificados de circulación ATR .
Estas líneas directrices también se encuentran publicadas en la Página Web de la Comisión siguiente bajo el apartado “ Pruebas de origen ”:
http :// ec . europa . eu / taxation _ customs / customs / customs _ duties / rules _ origin / preferential / article _ 774 _ en . htm # proof _ of _ origin
Y en el vínculo directo :
https :// ec . europa . eu / taxation _ customs / sites / taxation / files / resources / documents / customs / customs _ duties / rules _ origin / preferential / movement _ certificates _ en . pdf
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La conservación de las pruebas de origen puede ser una responsabilidad compartida entre las autoridades aduaneras y los operadores económicos . Cuando estos últimos estén autorizados a conservar a disposición de las autoridades aduaneras los originales de las pruebas de origen , se considerará que las autoridades ejercen de manera delegada la responsabilidad de preservación prevista en los protocolos de origen . En la mayoría de los casos , estos documentos deben conservarse en archivos durante un período de al menos tres años civiles , pero pueden preverse por períodos de conservación más largos 16 Véase el artículo 20 del Protocolo 6 del Acuerdo CE-Argelia relativo a la definición de la noción de productos originarios y
a los métodos de cooperación administrativa ( DO L-297 de 15-11-07 , p . 3 ). La Decisión 1 / 2006 , del Comité de cooperación aduanera CE-Turquía , de 26 de julio de 2006 , por la que se establecen disposiciones de Aplicación de la Decisión 1 / 95 del Consejo de Asociación CE-Turquía 2006 / 646 / CE ( DO L-265 de 26-09-06 , p . 18 ) - corrección errores DO L 267 de 27.9.2006 , p . 48 .
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ANEXO XI