16 de febrero 2022 | Page 151

V . ¿ Qué tengo que saber sobre un producto para averiguar su origen ? ( Mercancías no elaboradas íntegramente en un territorio )
Es necesario conocer la norma de transformación suficiente / sustancial que le es de aplicación : — Origen no preferencial – ver apartado 3.2 de esta guía . — Origen preferencial – ver apartado 4.2 de esta guía .
En el Anexo I , se ofrecen las referencias en donde se encuentra disponible la normativa , así como enlace a las páginas web que las contienen .
VI . ¿ Qué tipos de origen existen ?
— Clasificación – Ver apartado 1.7 de esta guía — Origen no preferencial – Ver capítulo 3 de esta guía — Origen preferencial – Ver capítulo 4 de esta guía — Uniones Aduaneras – Ver apartado 1.7.4.3 de esta guía
VII . ¿ Qué beneficios reporta cada uno de ellos ?
— Origen no preferencial : determina las medidas de política comercial que son de aplicación . Ejemplo : un derecho antidumping ; una prohibición de importar de determinados países por razones políticas , sanitarias ; un contingente arancelario , etc .
— Origen preferencial : en virtud de los acuerdos y regímenes unilaterales preferenciales de la UE , se concederán los beneficios arancelarios ( reducidos o nulos ) estipulados en cada uno de esos acuerdos o regímenes .
— Uniones Aduaneras : la libre circulación de mercancías implica que no se exigirán derechos arancelarios a las importaciones en la UE de los productos procedentes de los países que integran esas Uniones Aduaneras ( Turquía : productos industriales menos CECA , Andorra : productos de los cap . 25 a 97 y San Marino todos los productos menos CECA ).
Ver apartado 1.4 de esta guía .
VIII . ¿ Qué tengo que hacer para acogerme a un beneficio arancelario en razón del origen de la mercancía ?
Debe presentarse a la importación la correspondiente prueba de origen . Ver apartado 2.3 ( justificación del origen preferencial ).
Si se trata de un certificado ( EUR-1 , EUR-MED , FORM-A ), estos los expide la autoridad competente del Estado de exportación . Si se trata de alguna prueba simplificada ( declaración en factura , declaración de origen , comunicación sobre el origen etc .), estas las extiende el exportador . La declaración de proveedor la extiende el proveedor .
IX . ¿ Cuáles son las normas básicas que hay que cumplir ?
Como normas básicas las mercancías deben ser enteramente obtenidas o haber sufrido un grado de transformación suficiente para adquirir el origen preferencial ; no cabe que se efectúen sobre ellas transformaciones mínimas , como por ejemplo puede ser un envasado .
Normas todas ellas que se recogen en el acuerdo de la UE con el país con el que se efectúa la operación comercial ( importación – exportación ) o en el régimen preferencial que concede la UE para la importación en la Unión Europea . Ejemplo : el SPG .
Además , existen normas complementarias cuyo incumplimiento implicaría la pérdida de la preferencia que pudiera tener el producto originario , como es el caso del transporte directo .
Ver apartado 4.3 de esta guía .
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