Flujos migratorios hacia Europa: impacto a nivel social, económico y político
Máster Interuniversitario en Analista de Inteligencia 2015/2016. Universidad Rey Juan Carlos
internacional consuetudinario y es, por ende, vinculante para todos los Estados, sean o no partes
en la Convención de 1951.
País de reasentamiento: País que ofrece posibilidades de reasentamiento permanente de
refugiados: Se trata en principio de un país que no es ni el país de origen ni el país donde se
reconoce el estatuto de refugiado en primer lugar.
Primer país de asilo: País donde un solicitante de asilo recibe protección internacional como
solicitante de asilo o como refugiado.
Reasentamiento: Traslado de los refugiados del país donde buscaron asilo a otro Estado que
acepta darles acogida. Los refugiados, por lo general, podrán beneficiarse del asilo o cualquier
otra forma de derecho de residencia a largo plazo y, en muchos casos, tendrán la posibilidad de
obtener la ciudadanía mediante la naturalización. El reasentamiento representa, pues, a la vez
una solución duradera y un instrumento de protección de los refugiados.
Rechazo en frontera: En el contexto de los refugiados, rechazo a dejar entrar a un solicitante de
asilo a un país de acogida potencial. El rechazo en frontera puede implicar una violación del
principio de no devolución.
Refugiado bajo Convención: Persona reconocida como refugiada por los Estados en virtud del
criterio del artículo 1A de la Convención de 1951 (“Una persona que, debido a un miedo fundado
de ser perseguido por razones de raza, religión, nacionalidad, membresía de un grupo social o
de opinión política en particular, se encuentra fuera de su país de nacimiento y es incapaz, o,
debido a tal miedo, no está dispuesto a servirse de la protección de aquel país; o de quien, por
no tener nacionalidad y estar fuera del país de su antigua residencia habitual como resultado de
tales eventos, es incapaz, debido a tal miedo, de estar dispuesto a volver a éste".), que disfruta
por ello de diversos derechos.
Residentes de larga duración: Nacionales de terceros países que han residido en