Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 33
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Es deber de los ciudadanos conocer la formación del régimen municipal
y la finalidad del mismo. Como se establece: “la Administración de los intereses
y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del gobierno municipal
formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de
elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designara la ley” (C.P.,
1949, art. 169) ver anexo #1.
Hay que mencionar además la posición de la Constitución Política al
señalar la conformación de gobiernos locales formados por regidores y alcaldes
(esto último en la actualidad), electos por los habitantes del cantón y quienes
serán los encargados de la administración de los servicios locales, situación
que tienen sus pro y sus contra, ya que al momento de elegir a los
representantes dejamos de lado características importantes e influyentes, que
en nuestra actualidad y con el avance en muchas áreas (científica, tecnológica,
legal) serian de gran relevancia para quienes ostenten dichas funciones en
representación del cantón.
Se debe agregar que no es objeto de conocimiento el hecho de solo
distinguir la función del Régimen Municipal con el que contamos, sino, también
poder analizar y distinguir la proyección del mismo hacia los administrados, lo
cual llevaré a cabo mediante el análisis jurídico legal de los acuerdos del
Concejo Municipal de Turrialba, tomados en cuanto al uso reglamentario de los
bienes públicos.