Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 33

14 Es deber de los ciudadanos conocer la formación del régimen municipal y la finalidad del mismo. Como se establece: “la Administración de los intereses y servicios locales en cada cantón, estará a cargo del gobierno municipal formado de un cuerpo deliberante, integrado por regidores municipales de elección popular, y de un funcionario ejecutivo que designara la ley” (C.P., 1949, art. 169) ver anexo #1. Hay que mencionar además la posición de la Constitución Política al señalar la conformación de gobiernos locales formados por regidores y alcaldes (esto último en la actualidad), electos por los habitantes del cantón y quienes serán los encargados de la administración de los servicios locales, situación que tienen sus pro y sus contra, ya que al momento de elegir a los representantes dejamos de lado características importantes e influyentes, que en nuestra actualidad y con el avance en muchas áreas (científica, tecnológica, legal) serian de gran relevancia para quienes ostenten dichas funciones en representación del cantón. Se debe agregar que no es objeto de conocimiento el hecho de solo distinguir la función del Régimen Municipal con el que contamos, sino, también poder analizar y distinguir la proyección del mismo hacia los administrados, lo cual llevaré a cabo mediante el análisis jurídico legal de los acuerdos del Concejo Municipal de Turrialba, tomados en cuanto al uso reglamentario de los bienes públicos.