Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 134

115 Regidores Síndicos y 3- Aprobarla de acuerdo al artículo 75 de la Constitución Política, la libertad de culto debe prevalecer, incluso en espacios públicos administrados por el Concejo Municipal. 4- Si fuera entre semana no le vería problema porque hay que ser respetuosos de los credos religiosos. 5- Apoyo porque son ciudadanos del Municipio. 6- Siempre se ha dado el permiso para actividades de tema religiosos, sin importar el tipo de religión. 7- Para mí, el parque debe ser de uso laico, las religiones tienen su espacio para realizar estas prácticas. 8- Por lo general siempre se les concede, siempre y cuando no haya abuso en las actividades. De mi parte doy mi apoyo sin distinción. 9- N.R. 10- Los regidores deciden porque si está ocupado no se puede. 11- Depende de los regidores y alcalde. 12- Por disposición de la comisión de cultura, el parque es para actividades culturales, si todos quisieran llevar a cabo actividades religiosas no se daría a vasto con el uso del