Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 124

105 20- Cumplir con el mandato del Concejo Municipal y estar pendiente de los problemas de las comunidades. 21- Principal jerarca de la Municipalidad, su función es ejecutar los acuerdos. Presentar el presupuesto. Abogados 22- Establecidos en el Código Municipal artículo 17. 23- Establecidos en el art. 17 de Código Municipal. Fuente: Elaboración propia a partir de la entrevista a profundidad realizada. Por mandato Constitucional en el artículo numero 169 encontramos que el Ejecutivo o Alcalde Municipal es el funcionario electo popularmente para administrar las organizaciones municipales, son electos por cantón y únicamente tienen jurisdicción en él y así mismo hace referencia el C.M. en el artículo 12. Ver anexo #1 y 2. La figura del Alcalde se toma como el administrador de la Municipalidad y debe ejercer la función administrativa de dicha organización para ello el artículo 17 del C.M. nos indica que son funciones del alcalde: a) Ejercer las funciones inherentes a la condición de administrador general y jefe de las dependencias municipales, vigilando la organización, el funcionamiento, la coordinación y el fiel cumplimiento de los acuerdos municipales, las leyes y los reglamentos en general; b) Delegar las funciones encomendadas por esta ley, con base en los artículos 89 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública; c) Asistir, con voz pero sin voto, a todas las sesiones del Concejo