Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 121

102 instituciones y empresas, las municipalidades y las respectivas comunidades; g) Informar semestralmente a la municipalidad del cantón a que pertenezcan, sobre el destino de los recursos asignados al distrito, así como de las instancias ejecutoras de los proyectos; h) Recibir toda queja o denuncia, que sea de su conocimiento, sobre la ilegalidad o arbitrariedad de una actuación material, acto, omisión o ineficiencia de las personas funcionarias públicas, trasladarle ante el órgano o ente público que corresponda y darle seguimiento, hasta la resolución final, a los casos que lo ameriten; i) Las funciones que el Concejo Municipal delegue por acuerdo firme, conforme a la ley. Ver anexo #2. En este apartado se observa en la técnica aplicada que casi la totalidad de los entrevistados sabían que la respuesta apta era la relacionada con partidas específicas, en la aplicación del instrumento se conversó con algunos de los entrevistados y su visión en la función de Síndicos es muy enmarcada en los dineros que llegan a la municipalidad para ejecutarse en las necesidades de los distritos, se evidencio que no conocen de las demás funciones establecidas en el C.M., ignoran que pueden presentar las denuncias de funcionarios públicos y de cómo tramitarlas, y en cuanto a materia de patentes dicen compartir en comisiones con Regidores y que ellos nada más observan. Todo ello es ejemplo de la falta de conocimiento de las personas elegidas para estos cargos, lo que conlleva a un trabajo limitado y obviamente alejado de toda función ya que la misma no se enmarca únicamente a lo que ellos conocen como partidas específicas.