Yoselin González Derecho Municipal Tesis | Page 121
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instituciones y empresas, las municipalidades y las respectivas comunidades;
g) Informar semestralmente a la municipalidad del cantón a que pertenezcan,
sobre el destino de los recursos asignados al distrito, así como de las instancias
ejecutoras de los proyectos; h) Recibir toda queja o denuncia, que sea de su
conocimiento, sobre la ilegalidad o arbitrariedad de una actuación material,
acto, omisión o ineficiencia de las personas funcionarias públicas, trasladarle
ante el órgano o ente público que corresponda y darle seguimiento, hasta la
resolución final, a los casos que lo ameriten; i) Las funciones que el Concejo
Municipal delegue por acuerdo firme, conforme a la ley. Ver anexo #2.
En este apartado se observa en la técnica aplicada que casi la totalidad
de los entrevistados sabían que la respuesta apta era la relacionada con
partidas específicas, en la aplicación del instrumento se conversó con algunos
de los entrevistados y su visión en la función de Síndicos es muy enmarcada en
los dineros que llegan a la municipalidad para ejecutarse en las necesidades de
los distritos, se evidencio que no conocen de las demás funciones establecidas
en el C.M., ignoran que pueden presentar las denuncias de funcionarios
públicos y de cómo tramitarlas, y en cuanto a materia de patentes dicen
compartir en comisiones con Regidores y que ellos nada más observan. Todo
ello es ejemplo de la falta de conocimiento de las personas elegidas para estos
cargos, lo que conlleva a un trabajo limitado y obviamente alejado de toda
función ya que la misma no se enmarca únicamente a lo que ellos conocen
como partidas específicas.