Voz 16 | Page 34

ACTUALIDAD
¿ Cuáles son las cifras de violencia de género en Andalucía? El número de mujeres asesinadas en 2024 en Andalucía por sus parejas o exparejas ha ascendido a 10, lo que supone seis menos que el año anterior cuando la cifra se elevó a 16. De esa decena de víctimas, el 90 % no había denunciado al agresor. En el caso de España, los crímenes machistas han sido 47, once menos que en 2023 y hubo denuncia previa en menos del 30 % de los casos. La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Loles López, ha subrayado“ la importancia de denunciar estos casos para activar los recursos de atención a disposición de las mujeres y sus hijas e hijos”. En este sentido, ha recordado que“ se puede pedir ayuda a través del teléfono del Instituto Andaluz de la Mujer 900 200 999, la red de Centros Municipales de Información a la Mujer, el servicio de emergencias 112 y, por supuesto, las fuerzas de seguridad y los tribunales de justicia”.
Derechos de las víctimas de violencia de género DERECHO A LA INFORMACIÓN: Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas que puedan disponer las Administraciones Públicas. ​
DERECHO A LA ASISTENCIA SOCIAL INTEGRAL: Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. La organización de estos servicios por parte de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, responderá a los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.
DERECHO A LA ASISTENCIA JURÍDICA: Las víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir asesoramiento jurídico gratuito en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia, y a la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en todos los procesos y procedimientos administrativos que tengan causa directa o indirecta en la violencia padecida. Una misma dirección letrada deberá asumir la defensa de la víctima, siempre que con ello se garantice debidamente su derecho de defensa. En todo caso, se garantizará la defensa jurídica, gratuita y especializada de forma inmediata a todas las víctimas de violencia de género que lo soliciten.