Compliance 2014
de riesgos legales que, a través de la
comunicación, fomente la sensibilización
de todos y cada uno de los empleados de la
compañía. Sólo se conseguirá un éxito en la
prevención de los riesgos si cada persona
dentro de la compañía está convencida de los
beneficios que se derivan de dicha gestión.
Para que el sistema de compliance alcance
plena efectividad en una multinacional
como la nuestra, además de necesitar un
único órgano de control y supervisión, es
indispensable adaptarse a la estructura
de la empresa y aprovechar sinergias
creando flujos de comunicación sólidos
entre las distintas áreas de la compañía
especializadas en la prevención de sus
propios riesgos. Por otro lado, es preciso
contar con departamentos legales especializados
y diferenciados, que se ocupen de asesorar
legalmente en el desarrollo del negocio, gestionar
la formación dirigida a la prevención de posibles
riesgos legales, e implementar procesos, normas y
controles que minimicen riesgos que previamente
se hubieran identificado como de posible
probabilidad. Por último, para alcanzar la mayor
objetividad posible, el departamento u órgano
auditor que supervise la efectividad y el grado
de cumplimiento de los procesos y controles
implementados debe ser independiente del resto.
Para Fernando Ortega, general counsel
y secretario del consejo de Siemens, “todo
lo que supone evitar la comisión de delitos
agravando la responsabilidad penal de quienes
los cometen y clarificando los términos en que
dicha responsabilidad penal es exigible, es una
mejora de la situación en relación al código penal
anterior”. El directivo de Siemens cree que,
“aunque mejora sustancialmente, hay una falta de
armonización. No puedes cambiar sólo el código
penal y no adaptarlo a la normativa laboral, o de
“
Sólo se conseguirá un
éxito en la prevención
de los riesgos si cada
persona dentro de
la compañía está
convencida de los
beneficios.
Sandra Olivera, SEAT
”
la protección de datos para poder ser eficaces en
los programas de prevención o compliance”.
Estíbaliz Gallego, directora de asesoría jurídica
y secretaria general de Nutreco, se refirió a esa
adaptación. Para la directiva, “Ya no hablamos
de modelos de prevención ni de programa de
compliance; hablamos de un sistema de prevención
de compliance, de algo vivo que tienes implantado
para el buen gobierno de las compañías.
De Buerba mostró su preocupación al
respecto de que el corporate compliance se
haya introducido en el código penal, “que no
está para esto, y además es rígido; es una ley
orgánica, que no se puede cambiar y esto es algo
que debe ser todo lo contrario: flexible. Cada uno
tiene que poder adaptarlo a sus características.
Las técnicas legislativas para llegar al compliance
dentro de la empresa tienen que ser aquellas
que ya han sido exitosas en otros países y, por el
contrario, no testificar como delito el no tener un
modelo de prevención penal”.
Pequeñas y medianas empresas
Gustavo Rodríguez, responsable de
cumplimiento normativo
de TEVA Group apuntó
que “aunque ahora se está
asesorando principalmente
a multinacionales, no se
puede olvidar que el tejido
El nuevo código penal agrava
español está formado
la responsabilidad de los
en más de un 90% por
pequeñas y medianas
administradores, y las empresas que
empresas. No creo que haya
no hicieron los deberes en su día,
ninguna empresa ni ningún
sector empresarial que esté
ahora ven que se les avecina un
exento a caer en el riesgo
tema que pu