Vision Tridimensional. Parte 1 | Page 7

Compliance 2014 de riesgos legales que, a través de la comunicación, fomente la sensibilización de todos y cada uno de los empleados de la compañía. Sólo se conseguirá un éxito en la prevención de los riesgos si cada persona dentro de la compañía está convencida de los beneficios que se derivan de dicha gestión. Para que el sistema de compliance alcance plena efectividad en una multinacional como la nuestra, además de necesitar un único órgano de control y supervisión, es indispensable adaptarse a la estructura de la empresa y aprovechar sinergias creando flujos de comunicación sólidos entre las distintas áreas de la compañía especializadas en la prevención de sus propios riesgos. Por otro lado, es preciso contar con departamentos legales especializados y diferenciados, que se ocupen de asesorar legalmente en el desarrollo del negocio, gestionar la formación dirigida a la prevención de posibles riesgos legales, e implementar procesos, normas y controles que minimicen riesgos que previamente se hubieran identificado como de posible probabilidad. Por último, para alcanzar la mayor objetividad posible, el departamento u órgano auditor que supervise la efectividad y el grado de cumplimiento de los procesos y controles implementados debe ser independiente del resto. Para Fernando Ortega, general counsel y secretario del consejo de Siemens, “todo lo que supone evitar la comisión de delitos agravando la responsabilidad penal de quienes los cometen y clarificando los términos en que dicha responsabilidad penal es exigible, es una mejora de la situación en relación al código penal anterior”. El directivo de Siemens cree que, “aunque mejora sustancialmente, hay una falta de armonización. No puedes cambiar sólo el código penal y no adaptarlo a la normativa laboral, o de “ Sólo se conseguirá un éxito en la prevención de los riesgos si cada persona dentro de la compañía está convencida de los beneficios. Sandra Olivera, SEAT ” la protección de datos para poder ser eficaces en los programas de prevención o compliance”. Estíbaliz Gallego, directora de asesoría jurídica y secretaria general de Nutreco, se refirió a esa adaptación. Para la directiva, “Ya no hablamos de modelos de prevención ni de programa de compliance; hablamos de un sistema de prevención de compliance, de algo vivo que tienes implantado para el buen gobierno de las compañías. De Buerba mostró su preocupación al respecto de que el corporate compliance se haya introducido en el código penal, “que no está para esto, y además es rígido; es una ley orgánica, que no se puede cambiar y esto es algo que debe ser todo lo contrario: flexible. Cada uno tiene que poder adaptarlo a sus características. Las técnicas legislativas para llegar al compliance dentro de la empresa tienen que ser aquellas que ya han sido exitosas en otros países y, por el contrario, no testificar como delito el no tener un modelo de prevención penal”. Pequeñas y medianas empresas Gustavo Rodríguez, responsable de cumplimiento normativo de TEVA Group apuntó que “aunque ahora se está asesorando principalmente a multinacionales, no se puede olvidar que el tejido El nuevo código penal agrava español está formado la responsabilidad de los en más de un 90% por pequeñas y medianas administradores, y las empresas que empresas. No creo que haya no hicieron los deberes en su día, ninguna empresa ni ningún sector empresarial que esté ahora ven que se les avecina un exento a caer en el riesgo tema que pu