Compliance 2014
(Nuevos) motivos que aconsejan la implantación
de sistemas de cumplimiento normativo
Los dos recientes proyectos normativos en España hacen que la cuestión cobre mayor
relevancia entre las empresas
La creciente complejidad de las normas
y las cada vez más graves consecuencias
que su incumplimiento puede tener en
términos jurídicos y de reputación han
reavivado el interés por el cumplimiento
normativo y lo han incluido en el debate
más amplio sobre la responsabilidad
social corporativa de la empresa.
La reciente aprobación de la ley de
sociedades de capital para la mejora
del gobierno corporativo, insiste en la
responsabilidad de los administradores
de la sociedad y en la implantación de
mecanismos de control del cumplimiento
normativo.
Por otro lado, el proyecto de ley de
reforma del código penal que propone
la exención de delitos cometidos por
personas jurídicas cuando éstas han
establecido “modelos de organización
y gestión que incluyen las medidas de
vigilancia y control idóneas para prevenir
delitos de la misma naturaleza”. Además
el proyecto contempla también un nuevo
delito consistente en que el representante
legal o administrador de una empresa no
adopte medidas de vigilancia o control
para evitar la comisión de delitos.
De aprobarse la reforma penal en
estos términos, es posible el contagio
a otras áreas del derecho, como el de
la competencia, donde a día de hoy el
establecimiento de controles no se prevé
ni siquiera como atenuante.
Cómo afecta a la empresa
Al margen de los riesgos de
incumplimiento de las normas
financieras, con carácter general, los
mayores riesgos que los sistemas de
cumplimiento pretenden evitar son
los derivados de incumplimientos de
normas penales, sin lugar a dudas, y
de derecho de la competencia, dado
el importe de las sanciones previstas
para su incumplimiento. Estos riesgos
son comunes a todas las compañías,
independientemente del tamaño o
actividad que desarrollen.
El nivel de compromiso de
cumplimiento exigible debería ser
idéntico para todas las organizaciones
independientemente de su dimensión o
sector de actividad, pero las formalidades
pueden – y deben – relajarse para
compañías de menor tamaño.
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Consejos sobre la organización de un
sistema de cumplimiento normativo
Las posibilidades de organización de
un sistema de cumplimiento normativo
son infinitas. Pero hay unos elementos
esenciales que son comunes a todos ellos
y que se pueden agrupar en torno a las
fases de su desarrollo:
• Identificación de los riesgos
• Adopción del modelo de cumplimiento
• Comunicación y formación en el
modelo de cumplimiento
• Establecimiento y aplicación de
mecanismos de respuesta en caso de
incumplimiento
Y todo esto se fundamenta sobre un
pilar esencial: la cultura de cumplimiento
de la organización. Para alcanzar esta
cultura de cumplimiento hay dos
elementos fundamentales. El primero
es la implicación de los directivos y de
los órganos de gobierno. El segundo,
el establecimiento de la cultura de
cumplimiento mediante una buena
formación de los empleados.
Conclusiones:
1. La creciente complejidad de
las normas y las importantes
consecuencias de su
incumplimiento avivan el interés
de las empresas en establecer
sistemas de cumplimiento
normativo.
2. Cualquier organización debe
dotarse, en mayor o menor escala,
de un sistema efectivo adaptado a
sus necesidades.
3. El sistema debe adaptarse al
tamaño y necesidades de la
empresa. El mayor defecto de un
sistema no es que sea ineficaz, sino
que desorganice la empresa.
4. Las ventajas van más allá
de la detección de riesgos
de incumplimientos. Ayudan
a identificar y corregir fallos
organizativos. Pero, sobre todo,
generan valor para la empresa.
5. La clave es la cultura de
cumplimiento basada en dos
pilares: implicación de la dirección
de la empresa (“tone at the top”) y
formación del personal.
Patricia Liñan
CMS Albiñana & Suárez de Lezo
“
Cualquier organización
debe dotarse, en mayor
o menor escala, de
un sistema efectivo
adaptado a sus
necesidades.
”
Compliance 2014 • IBERIAN LAWYER • 19