Vida Médica Volumen 76 N°2 2024 | Page 47

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Seguros de Responsabilidad Civil : Implicancias y Desafíos en Chile

La propuesta legislativa sobre seguros de responsabilidad civil para profesionales de la salud , promete mejorar la protección de los pacientes , pero también plantea interrogantes sobre su implementación y los costos adicionales que podrían enfrentar tanto los médicos como los usuarios del sistema de salud .
Por Gonzalo Gálvez , periodista FALMED .

El proyecto de ley , que ingresó a la Cámara en 2022 , busca modificar el Código Sanitario en materia de seguros de responsabilidad civil por daños causados en el ejercicio de la medicina . Originalmente , la iniciativa contempla un artículo único que incorporaría dos nuevos incisos en el artículo 112 del Código Sanitario .

En términos generales , establecían como requisito para el desempeño de la medicina contar con un seguro de responsabilidad civil , delegando sus características de vigencia y cobertura a un reglamento que sería dictado posteriormente por el Ministerio de Salud .
Sobre la base del mencionado proyecto , se reunió la comisión de Salud de la Cámara y , tras una serie de debates y presentaciones realizadas por representantes de diversos sectores , la comisión recomendó aprobar el proyecto , modificando su texto para incorporar en el Código Sanitario un nuevo artículo 123 bis , el cual dispone que : “ Los prestadores de salud que realicen acciones de salud en las personas , sean estos institucionales
o individuales , abiertos o cerrados , y que sean obligados , por medio de una sentencia , a pagar una indemnización de perjuicios por haber causado daños , lesiones o muerte a las personas , deberán pagar la suma dispuesta por el tribunal en un plazo no superior a tres meses desde que la sentencia judicial se encuentre firme y ejecutoriada , salvo que la propia sentencia establezca un plazo menor . Los prestadores de salud privados podrán contar con un seguro de responsabilidad civil o un mecanismo de provisión de fondo de reserva para el cumplimiento de dichas sentencias ”.
Agrega que “ cuando se opte por un seguro o fondo de reserva , estos deberán cubrir a todos los funcionarios del establecimiento que realicen actividades propias de la salud y profesiones auxiliares , así como a todos aquellos contemplados en el Código Sanitario y demás normativa correspondiente ”.
El abogado jefe Zonal Norte Chico de la Fundación de
Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile , FALMED , Pablo Martínez , explica que el proyecto de ley se encuentra en su primer trámite constitucional y fue aprobado en general . Sin embargo , fue devuelto a la Comisión de Salud para revisar indicaciones particulares .
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