Vida Médica Volumen 75 N°1 2023 1 | Page 80

80}
VIDAMÉDICA / ACUERDOS
Salud , con el objeto de obtener mejoras salariales adicionales al reajuste antes referido . El Colegio Médico monitoreará el estricto cumplimiento de lo acordado .
ACUERDO N ° 212 : Por unanimidad ( 22 votos ), el H . Consejo Nacional valora el trabajo conjunto con otras organizaciones del sector público que fueron excluidas de la mesa de negociación con el Ministerio de Hacienda y acuerda mantener el trabajo mancomunado con esas organizaciones .
ACUERDOS SESIÓN N ° 029 ORDINARIA DE H . CONSEJO NACIONAL DEL VIERNES 13 DE ENERO DE 2023
ACUERDO N ° 213 : Por unanimidad ( 22 votos ), se aprueba el acta y los acuerdos de la sesión anterior .
ACUERDO N ° 214 : Por unanimidad ( 27 votos ), se acuerda que los Consejeros Regionales informen semanalmente respecto de la situación de conectividad ( fichas clínicas ); y se solicite a la autoridad Ministerial que informe las medidas de resguardo existentes , e implemente medidas efectivas para que los establecimientos de salud puedan seguir funcionando .
ACUERDO N ° 215 : Por 26 votos a favor y 2 abstenciones , se acuerda aprobar la modificación de los Estatutos / Reglamento del Club Médico , de acuerdo a la propuesta presentada por la Comisión de Traspaso y el Consejo Regional Santiago .
ACUERDO N ° 216 : Mediante Acuerdo de H . Consejo Nacional N ° 88 , de 11 de noviembre de 2022 , y de conformidad con lo preceptuado por el numeral 7 ° del artículo 9 de los Estatutos del Colegio Médico de Chile , se aprobó , por unanimidad ( 25 votos ), el Presupuesto de Entradas y Gastos del Consejo Nacional , de los Departamentos , de los Consejos Regionales y del Club Médico de Santiago para el año 2023 , elaborado por la Mesa Directiva Nacional , de conformidad con lo señalado por el numeral 6 ° del artículo 21 de los Estatutos .
El referido Presupuesto consideró un reajuste de la cuota social , incluyendo la del Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar , de un 7 %, habida cuenta que el IPC acumulado durante el año 2022 , estimado por el Banco Central , sería de entre 12 y 14 %. El H . Consejo Nacional , a proposición de la Mesa Directiva Nacional , por unanimidad ( 27 votos ), acuerda que el reajuste señalado en el numeral anterior , no se aplique a la cuota del Departamento de Solidaridad Gremial y Bienestar , la que mantendrá el mismo valor nominal del año 2022 durante todo el 2023 .
ACUERDO N ° 217 : H . Consejo Nacional , procedió a elegir cuatro integrantes para la Comisión ejecutiva sobre verdad histórica . Para estos efectos , se presentó una lista de 8 personas , que obtuvieron los siguientes votos : Dr . Gunter Seelman Erlenbach : 13 votos ; Dra . Fanny Pollarolo Villa : 21 votos ; Dr . Humberto Verdugo Berrios : 5 votos ; Dr . Lionel Bernier Villarroel : 9 votos ; Dra Adriana Ducós Sánchez : 16 votos ; Dra . May Chomalí Garib : 24 votos ; Dr Carlos Carvajal Hafemann : 14 votos ; y Dr Emilio Roessler Bonzi : 10 votos . Por tanto , resultaron electas las doctoras Chomalí , Pollarollo y Ducós y el Dr . Carvajal .
ACUERDO N ° 218 : Por unanimidad ( 27 votos ), se acuerda designar como miembros de la Comisión de Revisión de Estatutos y Reglamentos del Colegio Médico de Chile a la Dra . Inés Guerrero , Dr . Iván Mendoza y al Dr . Juan Pedro Andreu , Dr . César Cárcamo y Dra . María José Puga .
ACUERDO N ° 219 : Se acuerda en forma unánime prorrogar 15 minutos el Consejo ( 25 votos ).
ACUERDO N ° 220 : Por 23 votos a favor y 1 abstención , se acuerda aprobar la propuesta de declaración pública presentada por la MDN , relativa a la situación financiera de las Isapres , incorporando las indicaciones planteadas por los ( as ) Consejeros ( as ).

SENTENCIAS ÉTICAS

En Causa Rol N ° 726-19 , el Tribunal de Ética del Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chille , conociendo la denuncia formulada por doña N . V . G . en contra de los doctores TITO PETER TOMALA PANTALEÓN Y YESSINA WENDY PÉREZ VITE , por una eventual actuación negligente , en intervención de cirugía estética consistente en una abdominosplastía clásica y una lipotransferencia glútea practicada a su hermana , dio por establecido que en la conducta de los referidos existió negligencia médica , abandono y retardo en brindar la atención adecuada y oportuna a la paciente , quien por dichos motivos se agravó y finalmente falleció , por múltiples complicaciones , en el Hospital de Urgencia Asistencia Pública , transgresiones éticas que a juicio del Tribunal , vulneraron lo dispuesto en el artículo 22 del Código de Ética y decretó la expulsión de dichos facultativos de la Orden , sanción contemplada en el artículo 77 letra f ) del Código de Ética . Consultada la expulsión al Tribunal Nacional de Ética , según lo previsto en el artículo 43 inciso 3 ° y 46 del Reglamento de Tribunales de Ética , confirmó lo resuelto . El secretario .