Vida Médica Volumen 74 N°2 2022 N° 2 N° 2 | Page 23

VIDAMÉDICA / REPORTAJE { 23

El 4 de julio la Convención Constitucional presentó la propuesta del texto definitivo para una nueva Constitución , tras un año de trabajo . Recordemos que la “ Carta Magna ” es el texto que organiza la vida en sociedad . Se llama así porque integra , establece , organiza y constituye las normas que rigen a la sociedad de un país . Es decir , ordena la administración del Estado , regula los derechos , deberes , instituciones y la relación de los ciudadanos con el Estado . La propuesta de nueva Constitución declara a Chile como un Estado social de derecho y consta de 178 páginas , 388 artículos y 54 normas transitorias . A grandes rasgos , el texto propone implementar un sistema universal de salud , fortalecer la educación pública , proteger el medioambiente ; además , de reconocer y aumentar los derechos de los pueblos indígenas . Un texto que más allá de que se apruebe o rechace , nació como respuesta a una de las crisis sociales y políticas más profundas de las últimas décadas y que , sin duda , el resultado del plebiscito determinará el destino del país .

LA NUEVA CONSTITUCIÓN Y SALUD La actual Constitución en materias de salud “ asegura el acceso libre e igualitario a la salud , sea en acciones de promoción , protección , recuperación y rehabilitación . Es deber del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud , ya sea en el sistema público o privado ”. En cuanto al sistema previsional , consagra que “ cada persona tiene derecho a elegir el sistema de salud al que desea acogerse , sea Fonasa , una Isapre , un seguro de salud o no escoger ninguno ”. La propuesta del texto para una nueva constitución plantea : la salud como un derecho , incluyendo sus dimensiones física y mental . Donde es rol exclusivamente al Estado la función de rectoría del sistema de salud , incluyendo la regulación , supervisión y fiscalización de las instituciones públicas y privadas . Además , de la creación de un Sistema Nacional de Salud de carácter universal , público e integrado . Este se regirá por los principios de equidad , solidaridad , interculturalidad , pertinencia territorial , desconcentración , eficacia , calidad , oportunidad , enfoque de género , progresividad y no discriminación . Primero que todo y para despejar dudas , no hubo mayores cambios en temas de salud , respecto al borrador del texto presentado y conocido con anterioridad . Es importante tener en cuenta que la definición de Chile como un Estado social obliga a plantearse desde otra perspectiva al momento de analizarlo , ya que la propuesta postula dejar atrás el Estado subsidiario actual , cuyo motor son los privados . Esto impacta a la hora de definir los derechos fundamentales . “ Al existir un Sistema Nacional de Salud todo el financiamiento se organiza y distribuye en base a la necesidad . Hoy , lamentablemente , al existir estos administradores privados está muy fuerte el componente del pago . Con este cambio , la idea es que esté organizado por necesidad . Además , hay mucha gente que está en Isapre y que prescinde de sus fondos , es decir , esos fondos pasan directo a la Isapre . Lo bonito es cuando se introduce la solidaridad a los sistemas . ¿ Qué significa eso ? Que lo que no ocupa una persona , lo ocupa otro que lo necesita más ”, señala el Dr . Cristián Rebolledo Díaz , Presidente del Departamento de Políticas de Salud y Estudios del COLMED . En la propuesta , la salud es vista como un concepto multifactorial que involucra factores concomitantes . Dicho de otra manera , va a ser un derecho compuesto y complejo en el que se incluyen otros elementos constitucionales . Hoy , la calidad de salud a la que la población tiene acceso depende exclusivamente del ingreso económico . Esto es lo que busca romper la nueva Constitución .
¿ QUÉ SABEMOS DEL NUEVO SISTEMA NACIONAL DE SALUD ? La propuesta señala que será de carácter universal , público e integrado . ¿ Esto pone fin a la atención privada de salud ? No . Tal como señala Paula De Orúe , Presidenta de la Sociedad Chilena de Salubridad . “ Es una propuesta donde el foco está puesto en un sistema solidario , financiado con impuestos , donde quienes tienen más ayuden a los que tienen menos . Eso contribuye a que exista un mismo trato en el sistema y esa es una gran ventaja . En la pandemia vimos lo bueno y lo malo del actual sistema . Vimos instituciones como las Isapre no queriendo pagar los exámenes PCR , aunque ellos eran tan responsables como el Estado por la salud de sus afiliados , ya que recibían la cotización obligatoria del 7 %. Por eso , una cosa es hablar de los seguros , o la seguridad social y lo otro , es la atención y prestaciones . El sistema privado de atención demostró que cuando hay colaboración con el sistema público y se establecen las reglas del juego , efectivamente , son ayudantes y colaboradores que permiten pensar en una mejor salud para Chile ”, señala . Y ¿ qué quiere decir que la ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse a este Sistema ?. “ El que sea de carácter público se traduce en que al menos la responsabilidad y la gestión va a estar a cargo del Estado . El texto dice que podrá participar el sector privado , pero entiendo que va a ser el sector público el que tenga los recursos . Esto podría ser a través de convenios o seguros complementarios . Esto en la parte de atenciones , porque las Isapres no prestan atenciones . Son las que recaudan y pagan las atenciones y ese es un ámbito que no está contemplado en este artículo , está contemplado en la Seguridad Social . Por lo tanto , se entiende que no tendrán el rol conocido hasta ahora , si no tal vez como seguros complementarios ”, relata . Por su parte , el abogado Tomás Jordán , Profesor de Derecho Constitucional y Magíster en Ciencias Políticas , ve con buenos ojos la propuesta . “ Hay cosas interesantes como el nuevo