Vida Médica Volumen 74 N°1 2022 N° 1 | Page 63

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FALMED RESPONDE

Consultas recibidas por médicos y médicas a través de nuestro sitio web www . falmed . cl . Por Paula Ponce , jefa de Comunicaciones Falmed .
Tengo dudas sobre licencia médica por enfermedad de coronavirus , ¿ sigue siendo de origen laboral ?, ¿ se hacen descuentos ?
Hola , me llamaron para una investigación sumaria , necesito asesoría .
Por Madelyn Maluenda , Abogada UDELAM
R : Efectivamente , para trabajadores de la salud la licencia médica producto del coronavirus es considerada de origen laboral , debido a que este tipo de trabajadores se encuentran expuestos a un mayor riesgo de contagio , salvo que existan antecedentes que se contrajo en otro contexto , ajeno a la atención de pacientes . Así lo ha señalado la Superintendencia de Seguridad Social en Dictamen 1482-2020 , a través del cual instruyó a las mutualidades calificar como enfermedad profesional el diagnóstico de COVID .
Respecto a si se hacen descuentos , debemos indicar que al tratarse de una licencia por enfermedad laboral , ésta da origen a un subsidio que no está afecto a descuentos por concepto de impuestos ni cotizaciones de previsión social , tales como las cotizaciones de salud , AFP y AFC . ( Art . 32 de la Ley N ° 16.744 que Establece Normas Sobre Accidentes Del Trabajo Y Enfermedades Profesionales ).
Por María Loreto Bañados , Abogada Jefa Unidad ALOM
R : Frente a un hecho que puede acarrear responsabilidad administrativa , corresponde que se realice una investigación para determinar la infracción o no de una obligación funcionaria . Es necesario tener presente que estas investigaciones tienen el carácter de secretas .
Si es citado a declarar , en su calidad de funcionario público corresponde concurrir y aportar con toda la información necesaria para la investigación , sin olvidar que es importante contar con la asesoría legal previa para resguardar sus derechos , en el entendido que la declaración es un elemento de prueba importantísimo al momento de ser ponderadas por el Fiscal para determinar la existencia o no de una infracción y posterior sanción por el Director .
Hace poco inicié consulta online de telemedicina y , por temas de seguridad , decidí contratar una oficina virtual . Fiscalizaron la oficina y me citaron al juzgado de Policía Local por no contar con patente municipal . Entiendo que si no tengo un lugar físico como consulta médica no requiero patente . Les solicito orientación .
Por Katherine Berríos , Abogada UDMP
R : El Decreto N ° 2385 ( 1996 ), que refunde el Decreto Ley N ° 3.063 , sobre Rentas Municipales , en su artículo 23 señala que el ejercicio de toda profesión , oficio , comercio entre otras actividades lucrativas , cualquiera fuere su naturaleza estará sujeta a una contribución municipal , por tanto , la telemedicina ejercida por una persona natural en el ejercicio liberal de su profesión , debe pagar patente profesional , y de tratarse de una persona jurídica debe pagar patente comercial . Las Municipalidades pueden tener criterios diversos respecto de las condiciones , por ejemplo , que para el caso de las personas naturales se cuente con una consulta particular para generar la obligación , pero la Ley es clara al respecto y la carga legal existe , habilitándolos en consecuencia para exigir su cumplimiento .
¿ Es legal que familiares graben la llamada que les hacemos para entregar información de un paciente ?, ¿ qué puedo hacer en caso que me percate de esto ?
Por Nicolás Sanhueza , Abogado ALOM
R : La pandemia normalizó la atención médica a distancia a través de medios tecnológicos y , una de las consecuencias , es lo fácil que resultan las grabaciones que se realizan en forma oculta y sin el consentimiento de uno de los interlocutores .
El artículo 161-A del Código Penal , sanciona a quienes en recintos particulares o que no sean de libre acceso al público , sin la autorización del afectado y por cualquier medio , capte , intercepte , grabe o reproduzca conversaciones de carácter privado , conducta que podría llegar a ser sancionada con penas privativas de libertad de hasta 5 años y con multas de hasta 500 UTM . Por el contrario , si existe consentimiento o autorización de las partes para grabar la atención médica , no se configura el delito . En caso de negarse a la grabación y ésta se realiza de igual forma , se recomienda dejar constancia en la ficha clínica del paciente y realizar la denuncia respectiva a las policías o al Ministerio Público .
Según las cifras de Falmed , en 2021 ingresaron 226 nuevos juicios , sumando un total de 5.803 casos desde 1994 . La cifra equivale a 44 más que el año anterior , pero 55 menos que en 2019 , antes que iniciara la pandemia