Vida Médica Volumen 72 N°3 - 2020 | Page 65

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Muñoz Quinteros , Dra . Kremser , Dra . Cerda . En contra : Dr . Rodríguez , Dr . Acuña Lawrence , Dr . Sánchez Castellón , Dr . Carvajal , Dr . Medina . Abstención : Dra . Romero ).
ACUERDOS SESIÓN N ° 35 EXTRAORDINARIA DE H . CONSEJO NACIONAL VIERNES 02 DE OCTUBRE DE 2020
ACUERDO N ° 302 : Se aprueba el acta y acuerdos de HCN del 25 de septiembre de 2020 por unanimidad ( 30 votos ).
ACUERDO N ° 303 : Se aprueba , por 22 votos a favor ( doctores : Benítez , Rubio , Silva , de la Torre , Arriagada , Mendoza , Peralta , Rubio , Tchernitchin , Salvatierra , Andreu , J . C . Acuña , González , Sáez , C . Muñoz , Kremser , Cerda , Siches , Meza , Sepúlveda , Bernucci y Guerrero ); 9 en contra ( doctores Cruz , Rodríguez , R . Acuña , J . Sánchez , Carvajal , Medina , A . Sánchez , Iñiguez y Vallejos ); y 3 abstenciones , la convocatoria a elecciones generales ordinarias , cuyo tenor es el siguiente :
1 ) Convócase por el Consejo Nacional a elecciones generales ordinarias del Colegio Médico de Chile ( A . G .) para los días 10 , 11 , 12 y 13 de diciembre de 2020 , las que se regirán por las normas pertinentes de los Estatutos de la Orden y del Reglamento de Elecciones .
2 ) Llámase a elecciones directas de carácter nacional para los cargos de : Presidente , Primer Vicepresidente , Secretario Nacional , Prosecretario y Tesorero Nacional de la Mesa Directiva Nacional ; Consejeros Regionales de todos los consejos del país , elegidos en votación directa por los médicos inscritos en la jurisdicción correspondiente ; seis Consejeros Nacionales en representación del Consejo Regional Santiago , dos en representación del Consejo Regional Valparaíso y dos en representación del Consejo Regional Concepción , por votación directa de los médicos inscritos en la jurisdicción de dichos consejos . Todas estas elecciones se verificarán en las fechas indicadas en el numeral precedente .
3 ) El plazo para la inscripción de listas vence impostergablemente el día 19 de noviembre de 2020 . Las listas deberán contar con el patrocinio del porcentaje de médicos que figuren en el padrón electoral que se estipula en los Estatutos y Reglamento de Elecciones .
4 ) Tendrán derecho a voto los médicos que figuren en el padrón electoral que se emitirá con fecha 26 de octubre de 2020 , y que se encuentren con sus cuotas al día al momento de sufragar , según dispone el artículo 6 del Reglamento de Elecciones y 14 inciso primero de los Estatutos .
ACUERDO N ° 304 : De conformidad con lo preceptuado por el artículo 5 del Reglamento de Elecciones , en virtud del cual en la oportunidad en que el Consejo Nacional convoque a elecciones elegirá a los miembros de la Comisión Nacional Electoral , compuesta por 5 miembros titulares y 2 suplentes , afiliados al Colegio Médico de Chile con sus cuotas sociales al día , por 35 votos a favor y 2 abstenciones , acuerda elegir como integrantes a los siguientes médicos : 1 ) Dra . Sofía Salas Ibarra 2 ) Dra . Elizabeth Weldt Suazo 3 ) Dr . Octavio Silva Lake 4 ) Dra . María Cecilia Riquelme Japke 5 ) Dr . Rodrigo Salinas Ríos Asimismo , se eligió como miembros suplentes a : 1 ) Dr . Juan Eduardo Toro Gallardo 2 ) Dr . Lionel Bernier Villarroel Los votos obtenidos por cada uno fueron : Dra . Salas , 28 votos ; Dr . Silva , 26 ; Dra . Weldt , 26 ; Dra . Riquelme , 25 ; Dr . Salinas , 25 ; Dr . Toro , 24 y Dr . Bernier , 22 . Además , los doctores Hernán Chamorro y Jorge Tisné obtuvieron , respectivamente , 15 y 13 votos , no resultando electos . De conformidad con lo estatuido en el referido artículo , esta Comisión es la encargada de desarrollar el proceso eleccionario . Sus integrantes están afectos a las mismas inhabilidades establecidas para los miembros de los Tribunales de Ética del Colegio Médico de Chile y una vez aceptado el cargo , no pueden ser candidatos a cargo alguno en las elecciones para las que fueron elegidos .
ACUERDO N ° 305 : De conformidad con lo preceptuado por el artículo 23 del Reglamento de Elecciones , en virtud del cual el Consejo Nacional , antes de cuarenta y cinco días de iniciado el proceso eleccionario , designará a los cinco miembros del Tribunal Nacional Electoral , acuerda elegir como integrantes a los siguientes médicos : 1 . Dra . Gladys Bórquez Estefó 2 . Dr . Mauricio Osorio Ulloa 3 . Dr . Fernando Novoa Sotta 4 . Dr . Carlos Valenzuela Yuraidini 5 . Dr . Marcel Conca Calvo Al no presentarse más candidatos que cargos a elegir , se procedió a consultar por la aprobación de los cinco candidatos propuestos , concretándose por 31 votos a favor , 0 en contra y 3 abstenciones . El Tribunal Nacional Electoral tiene la facultad de conocer y resolver las reclamaciones relativas al proceso eleccionario nacional , las que deberán ser presentadas ante el mismo dentro de los 3 días hábiles siguientes a la proclamación , debiendo resolver dentro del 3 º día hábil . La resolución de este Tribunal no será susceptible de recurso alguno . En cada Consejo Regional funcionará el Tribunal Electoral Regional , integrado por 3 miembros , designados por el Consejo Regional correspondiente , antes de 40 días de iniciado el proceso eleccionario , cuya composición deberá ser informada al Consejo Nacional . ( Art . 25 Reglamento de Elecciones ).