Vida Médica Volumen 72 N°1 - 2020 | Page 106

106 } VIDAMÉDICA /ACUERDOS Y SENTENCIAS el Consejo Nacional a Asamblea General Ordinaria del Colegio Médico de Chile (A.G.) para los días 26 y 27 de marzo de 2020, a las 08:30 horas del día 26 de marzo, en Hotel Termas Chillán, ubicado en comuna de Pinto, Ruta N° 55, km. 80, Chillán, Región de Ñuble, para tratar las materias propias de la Asamblea General Ordinaria, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 34 de los Estatutos Sociales. La Tabla de la Convocatoria es la siguiente: 1. Cuenta de la Mesa Directiva Nacional y labor del H. C. N. 2. Memoria del año 2019. 3. Balance Anual del período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2019. 4. Cualquier otra materia de interés social o gremial. Podrán asistir a la Asamblea, con derecho a voz y voto, las personas señaladas en el artículo 32 de los Estatutos de la Orden. Podrán también asistir a la sesión, con derecho a voz, los médicos colegiados que estén al día en el pago de sus cuotas sociales, según dispone el inciso final del artículo 32 de los Estatutos. SEGUNDO: De acuerdo con los artículos 9 N.º 3, 31, 32, 33, 35, 36 y 37 de los Estatutos Sociales, citase por el Consejo Nacional a Asamblea General Extraordinaria del Colegio Médico de Chile (A.G.) para el día 28 de marzo de 2020, a las 10:00 horas, en Hotel Termas Chillán, ubicado en comuna de Pinto, Ruta N° 55, km. 80, Chillán, Región de Ñuble, para los efectos previstos en el artículo 35, N.º 2 de los Estatutos Sociales. La Tabla de la Convocatoria es la siguiente: Reforma de los Estatutos del Colegio Médico de Chile (A.G.). De acuerdo con el artículo 35, Nº 2 de los Estatutos Sociales, la reforma deberá ser aprobada con el voto favorable de la mayoría absoluta de los integrantes en ejercicio de la Asamblea, y deberá contar con la asistencia de un Notario Público, que actuará como Ministro de Fe. Podrán asistir a la Asamblea, con derecho a voz y voto, las personas señaladas en el artículo 32 de los Estatutos de la Orden. Asimismo, podrán también asistir a la sesión, con derecho a voz, los médicos colegiados que estén al día en el pago de sus cuotas, según dispone el inciso final del artículo 32 de los Estatutos. ACUERDO 231 Se aprueba, por 27 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención la convocatoria a elecciones generales ordinarias para los días 28, 29 30 y 31 de mayo 2020. El acuerdo es del siguiente tenor: 1) Convócase por el Consejo Nacional a elecciones generales ordinarias del Colegio Médico de Chile (A.G.) para los días 28, 29, 30 y 31 de mayo de 2020, las que se regirán por las normas pertinentes de los Estatutos de la Orden y del Reglamento de Elecciones. 2) Llámase a elecciones directas de carácter nacional para los cargos de: Presidente, Primer Vicepresidente, Secretario Nacional, Prosecretario y Tesorero Nacional de la Mesa Directiva Nacional; Consejeros Regionales de todos los consejos del país, elegidos en votación directa por los médicos inscritos en la jurisdicción correspondiente; seis Consejeros Nacionales en representación del Consejo Regional Santiago, dos en representación del Consejo Regional Valparaíso y dos en representación del Consejo Regional Concepción, por votación directa de los médicos inscritos en la jurisdicción de dichos consejos. Todas estas elecciones se verificarán en las fechas indicadas en el numeral precedente. 3) El plazo para la inscripción de listas vence impostergablemente el día 7 de mayo de 2020. Las listas deberán contar con el patrocinio del porcentaje de médicos que figuren en el padrón electoral que se estipula en los Estatutos y Reglamento de Elecciones. 4) Tendrán derecho a voto los médicos que figuren en el padrón electoral que se emitirá con fecha 13 de abril de 2020, y que se encuentren con sus cuotas al día al momento de sufragar, según dispone el artículo 6 del Reglamento de Elecciones y 14 inciso primero de los Estatutos. ACUERDO N° 232 De conformidad con lo preceptuado por el artículo 5 del Reglamento de Elecciones, en virtud del cual en la oportunidad en que el Consejo Nacional convoque a elecciones elegirá a los miembros de la Comisión Nacional Electoral, compuesta por cinco miembros titulares y dos suplentes, todos médicos afiliados al Colegio Médico de Chile con sus cuotas sociales al día, el H. Consejo Nacional, por 28 votos a favor, 0 en contra y 2 abstenciones, acuerda elegir a los siguientes médicos como integrantes de la Comisión Nacional Electoral: 1) Dr. Lionel Bernier 2) Dra. Sofía Salas Ibarra 3) Dr. Octavio Silva Lake 4) Dra. Elizabeth Weldt Morales 5) Dr. Rodrigo Salinas Ríos Asimismo, se acordó elegir como miembros suplentes de dicha Comisión a los siguientes médicos: 1) Dra. María Cecilia Riquelme Japke 2) Dr. Juan Eduardo Toro Gallardo Se deja constancia que, de conformidad con lo estatuido en el referido artículo, esta Comisión es la encargada de desarrollar el proceso eleccionario. Sus integrantes están afectos a las mismas inhabilidades establecidas para los miembros de los Tribunales de Ética del Colegio Médico de Chile y una vez aceptado el cargo, no pueden ser candidatos a cargo alguno en las elecciones para las que fueron elegidos. ACUERDO N° 233 Se aprueba por decisión unánime (30 votos) seleccionar a la empresa KPMG para la realización de auditoría forense que fuera aprobada por Acuerdo N° 206, de 08 de noviembre de 2019, la que comenzaría sus labores en marzo de 2020. El pago de los honorarios por la referida auditoría se distribuirá de la siguiente manera: 50 % del total de honorarios corresponderá al HCN y FSG y 50% restante a los Consejos Regionales, prorrateado según el número de afiliados de cada Regional. ACUERDO N° 234 El H.C.N. acuerda proponer al jurado encargado de elegir al galardonado con el Premio Nacional de Medicina a los doctores Óscar Román Alemany, Marta Colombo Campbell y Miguel Kottow Lang. Se deja constancia que las votaciones de los postulantes fueron las siguientes: Dr. Román 29 votos; Dra. Colombo 27 votos; Dr. Kottow 26 votos y Dr. Vera 7 votos. SENTENCIAS ÉTICAS EL Tribunal de Ética del Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile (A.G.), en sentencia del día 3 de mayo, 2019, acogiendo una denuncia colectiva de médicos del Hospital El Carmen de Maipú, sancionó al Dr. GABRIEL DE LA FUENTE TESSER, con la pena de CENSURA, por el trato descomedido y poco empático en la desvinculación laboral de los profesionales médicos de la Unidad de Geriatría de Hospital El Carmen de Maipú, transgrediendo lo establecido en los artículos 61 y 67 del Código de Ética, agravado por el hecho de enviar masivamente antecedentes de las remuneraciones de sus colegas de esa Unidad mediante comunicación electrónica informal y no haber asistido al juicio a fin de explicar personalmente su comportamiento, habiendo sido legalmente emplazado a ello.