106 } VIDAMÉDICA /ACUERDOS Y SENTENCIAS
el Consejo Nacional a Asamblea General Ordinaria del Colegio
Médico de Chile (A.G.) para los días 26 y 27 de marzo de 2020, a
las 08:30 horas del día 26 de marzo, en Hotel Termas Chillán, ubicado
en comuna de Pinto, Ruta N° 55, km. 80, Chillán, Región de
Ñuble, para tratar las materias propias de la Asamblea General
Ordinaria, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 34 de los
Estatutos Sociales.
La Tabla de la Convocatoria es la siguiente:
1. Cuenta de la Mesa Directiva Nacional y labor del H. C. N.
2. Memoria del año 2019.
3. Balance Anual del período comprendido entre el 1º de enero y
el 31 de diciembre de 2019.
4. Cualquier otra materia de interés social o gremial.
Podrán asistir a la Asamblea, con derecho a voz y voto, las personas
señaladas en el artículo 32 de los Estatutos de la Orden.
Podrán también asistir a la sesión, con derecho a voz, los médicos
colegiados que estén al día en el pago de sus cuotas sociales, según
dispone el inciso final del artículo 32 de los Estatutos.
SEGUNDO: De acuerdo con los artículos 9 N.º 3, 31, 32, 33, 35,
36 y 37 de los Estatutos Sociales, citase por el Consejo Nacional
a Asamblea General Extraordinaria del Colegio Médico de Chile
(A.G.) para el día 28 de marzo de 2020, a las 10:00 horas, en Hotel
Termas Chillán, ubicado en comuna de Pinto, Ruta N° 55, km. 80,
Chillán, Región de Ñuble, para los efectos previstos en el artículo
35, N.º 2 de los Estatutos Sociales.
La Tabla de la Convocatoria es la siguiente: Reforma de los
Estatutos del Colegio Médico de Chile (A.G.).
De acuerdo con el artículo 35, Nº 2 de los Estatutos Sociales, la
reforma deberá ser aprobada con el voto favorable de la mayoría
absoluta de los integrantes en ejercicio de la Asamblea, y deberá
contar con la asistencia de un Notario Público, que actuará como
Ministro de Fe.
Podrán asistir a la Asamblea, con derecho a voz y voto, las personas
señaladas en el artículo 32 de los Estatutos de la Orden.
Asimismo, podrán también asistir a la sesión, con derecho a voz,
los médicos colegiados que estén al día en el pago de sus cuotas,
según dispone el inciso final del artículo 32 de los Estatutos.
ACUERDO 231 Se aprueba, por 27 votos a favor, 0 en contra y
1 abstención la convocatoria a elecciones generales ordinarias
para los días 28, 29 30 y 31 de mayo 2020. El acuerdo es del siguiente
tenor:
1) Convócase por el Consejo Nacional a elecciones generales ordinarias
del Colegio Médico de Chile (A.G.) para los días 28, 29, 30 y
31 de mayo de 2020, las que se regirán por las normas pertinentes
de los Estatutos de la Orden y del Reglamento de Elecciones.
2) Llámase a elecciones directas de carácter nacional para los cargos
de: Presidente, Primer Vicepresidente, Secretario Nacional,
Prosecretario y Tesorero Nacional de la Mesa Directiva Nacional;
Consejeros Regionales de todos los consejos del país, elegidos
en votación directa por los médicos inscritos en la jurisdicción
correspondiente; seis Consejeros Nacionales en representación
del Consejo Regional Santiago, dos en representación del
Consejo Regional Valparaíso y dos en representación del Consejo
Regional Concepción, por votación directa de los médicos inscritos
en la jurisdicción de dichos consejos. Todas estas elecciones
se verificarán en las fechas indicadas en el numeral precedente.
3) El plazo para la inscripción de listas vence impostergablemente
el día 7 de mayo de 2020. Las listas deberán contar con el patrocinio
del porcentaje de médicos que figuren en el padrón electoral
que se estipula en los Estatutos y Reglamento de Elecciones.
4) Tendrán derecho a voto los médicos que figuren en el padrón
electoral que se emitirá con fecha 13 de abril de 2020, y que se
encuentren con sus cuotas al día al momento de sufragar, según
dispone el artículo 6 del Reglamento de Elecciones y 14 inciso
primero de los Estatutos.
ACUERDO N° 232 De conformidad con lo preceptuado por el artículo
5 del Reglamento de Elecciones, en virtud del cual en la
oportunidad en que el Consejo Nacional convoque a elecciones
elegirá a los miembros de la Comisión Nacional Electoral, compuesta
por cinco miembros titulares y dos suplentes, todos médicos
afiliados al Colegio Médico de Chile con sus cuotas sociales
al día, el H. Consejo Nacional, por 28 votos a favor, 0 en contra
y 2 abstenciones, acuerda elegir a los siguientes médicos como
integrantes de la Comisión Nacional Electoral:
1) Dr. Lionel Bernier
2) Dra. Sofía Salas Ibarra
3) Dr. Octavio Silva Lake
4) Dra. Elizabeth Weldt Morales
5) Dr. Rodrigo Salinas Ríos
Asimismo, se acordó elegir como miembros suplentes de dicha
Comisión a los siguientes médicos:
1) Dra. María Cecilia Riquelme Japke
2) Dr. Juan Eduardo Toro Gallardo
Se deja constancia que, de conformidad con lo estatuido en el
referido artículo, esta Comisión es la encargada de desarrollar el
proceso eleccionario. Sus integrantes están afectos a las mismas
inhabilidades establecidas para los miembros de los Tribunales
de Ética del Colegio Médico de Chile y una vez aceptado el cargo,
no pueden ser candidatos a cargo alguno en las elecciones para
las que fueron elegidos.
ACUERDO N° 233 Se aprueba por decisión unánime (30 votos)
seleccionar a la empresa KPMG para la realización de auditoría
forense que fuera aprobada por Acuerdo N° 206, de 08 de noviembre
de 2019, la que comenzaría sus labores en marzo de 2020. El
pago de los honorarios por la referida auditoría se distribuirá de
la siguiente manera: 50 % del total de honorarios corresponderá
al HCN y FSG y 50% restante a los Consejos Regionales, prorrateado
según el número de afiliados de cada Regional.
ACUERDO N° 234 El H.C.N. acuerda proponer al jurado encargado
de elegir al galardonado con el Premio Nacional de Medicina
a los doctores Óscar Román Alemany, Marta Colombo Campbell
y Miguel Kottow Lang. Se deja constancia que las votaciones de
los postulantes fueron las siguientes: Dr. Román 29 votos; Dra.
Colombo 27 votos; Dr. Kottow 26 votos y Dr. Vera 7 votos.
SENTENCIAS ÉTICAS
EL Tribunal de Ética del Consejo Regional Santiago del Colegio Médico de Chile (A.G.), en sentencia del día 3 de mayo, 2019, acogiendo
una denuncia colectiva de médicos del Hospital El Carmen de Maipú, sancionó al Dr. GABRIEL DE LA FUENTE TESSER,
con la pena de CENSURA, por el trato descomedido y poco empático en la desvinculación laboral de los profesionales médicos
de la Unidad de Geriatría de Hospital El Carmen de Maipú, transgrediendo lo establecido en los artículos 61 y 67 del Código de
Ética, agravado por el hecho de enviar masivamente antecedentes de las remuneraciones de sus colegas de esa Unidad mediante
comunicación electrónica informal y no haber asistido al juicio a fin de explicar personalmente su comportamiento, habiendo sido
legalmente emplazado a ello.