VIDAMÉDICA / ACUERDOS
ACUERDOS
ACUERDOS SESIÓN N°014 DEL H. CONSEJO NACIONAL
CELEBRADA EL VIERNES 16 DE NOVIEMBRE DE 2018
ACUERDO N° 111: Se aprueba, por la unanimidad de los
Consejeros Nacionales presentes, el acta de la Sesión N° 013, del
26.10.18.
ACUERDO N° 112: Se acuerda, por 28 votos a favor, cero en contra
y dos abstenciones, reabrir debate sobre aprobación de Estatutos
de la Agrupación de Residentes Chile para ser discutida en Sesión
de H.C.N del 14 de diciembre de 2018.
ACUERDO N° 113: Por 30 votos a favor, cero en contra y dos abs-
tenciones, se aprueba presupuesto del Colegio Médico de Chile
para el año 2019, que se adjunta a la presente acta, y que compren-
de H.C.N, Regionales, Club Médico y Casino Club, presentado por
el Tesorero Nacional de la Orden, Dr. Jaime Sepúlveda Cisternas.
ACUERDO N° 114: Se apoya iniciativa y líneas generales plantea-
das en Presentación realizada por Departamento de Políticas de
Salud y Estudios, por 26 votos a favor y uno en contra.
Documento que se adjunta, titulado “Construyamos acuerdos para
la Salud de Chile” y que se presentará en Seminario del día 03.12.18.
ACUERDO N° 115: Se acuerda, por unanimidad, prorrogar la se-
sión del H.C.N. hasta las 14:00 horas.
ACUERDO N° 116: Se acuerda, en forma unánime, postergar
hasta la próxima Sesión del H.C.N. de diciembre el tema de tabla
“FALMED: discusión por temas de acoso”.
ACUERDO N° 117: Se acuerda, en forma unánime, elegir al Dr. Juan
Carlos Acuña Cisternas como representante del Colegio Médico de
Chile ante organismos internacionales y para la organización del
próximo encuentro de la AMM que se realizará en Chile.
ACUERDO N° 118: Se encomienda al Consejo Regional Valparaíso,
en forma unánime, hacerse cargo de todo lo relacionado con infor-
mática médica y, en especial, licencia médica electrónica y posibi-
lidad de Colmed de asumir esta materia.
ACUERDOS SESIÓN N°015 DEL H. CONSEJO NACIONAL
CELEBRADA EL VIERNES 14 DE DICIEMBRE DE 2018
ACUERDO N° 119: Se aprueba, por la unanimidad de los
Consejeros Nacionales presentes, el acta de la Sesión N° 014, del
16.11.2018
ACUERDO N° 120: Por 27 votos a favor, 6 en contra y 2 absten-
ciones, se aprueban los Estatutos de la Agrupación de Médicos
Residentes Chile, cuya copia se adjunta a la presente Acta.
ACUERDO N° 121: En relación con proyecto de inversiones en el
Club Médico de Santiago, que incluyen la construcción del nue-
vo recinto para la piscina temperada, que colapsó con ocasión de
la nevazón ocurrida en invierno de 2017, se informa que se hará
un master plan que ordene los grandes proyectos existentes; que
las obras preliminares ascienden a 12 millones de pesos y la parte
más costosa a 350 millones de pesos, y otros 40 millones de pesos
adicionales, por lo que el directorio del Club aprobó contratar un
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crédito bancario de 400 millones de pesos, pagaderos a 12 años
y con una cuota mensual 2.3 millones de pesos. El H. Consejo
Nacional, por 30 votos a favor y 2 abstenciones, aprueba el refe-
rido plan y contratación del crédito.
ACUERDO N° 122: Por 30 votos a favor, 1 en contra y 3 absten-
ciones, el H. Consejo Nacional acuerda:
1.- Designar a los doctores Hugo Reyes, Juan Eurolo e Iván
Mendoza para que presenten en la sesión de Consejo Nacional
de marzo de 2019 una propuesta para el pago de honorarios a di-
rigentes gremiales que gocen de subsidio por incapacidad laboral
temporal.
2.- En forma transitoria y hasta que se apruebe el régimen defini-
tivo que propondrán los consejeros precedentemente señalados,
se mantendrá el pago de honorarios para dirigentes gremiales
que se encuentren afectos a incapacidad laboral transitoria.
ACUERDO N° 123: Por 31 votos a favor, 1 contra y 1 abstención,
el HCN acuerda sugerir a la Fundación de Asistencia Legal del
Colegio Médico de Chile (FALMED), lo siguiente:
1.- Si un médico afiliado a la Fundación de Asistencia Legal del
Colegio Médico de Chile, acusado de acoso sexual, solicitare ase-
soría legal, será patrocinado por sus abogados, sin participación
de la Unidad de Defensa Laboral de la Orden (UDELAM).
2.- Para que los abogados de FALMED pueden patrocinar a los
afiliados de la Fundación que se encuentren en la situación des-
crita precedentemente, los hechos que se les atribuyen deberán
derivar del ejercicio profesional.
3.- Si un médico afiliado a la Fundación de Asistencia Legal del
Colegio Médico de Chile, acusado de abuso sexual, solicitare ase-
soría de dicha Fundación, sólo será patrocinado por sus abogados
si los hechos constitutivos del presunto delito derivaren del ejerci-
cio profesional.
4.- Si los Tribunales de Justicia sancionaren a un médico por
los hechos señalados en los numerales precedentes, la Mesa
Directiva Nacional del Colegio Médico, el H. Consejo Nacional
o el Consejo Regional al que perteneciere el sancionado, deberá
solicitar al Tribunal Regional de Ética competente que inicie el
correspondiente juicio ético.
ACUERDO N° 124: Se encomienda al Dr. Gonzalo Sáez Torres,
presidente del Consejo Regional Punta Arenas, redactar decla-
ración sobre la resolución del Tribunal Constitucional que de-
claró inconstitucional el inciso 2° del artículo 13 del D.S. N° 67,
de 29 de junio de 2018, del Ministerio de Salud, que Aprueba el
Reglamento Para Ejercer Objeción de Conciencia según lo dis-
puesto en el artículo 119 TER del Código Sanitario, publicado en
el Diario Oficial el 23 de octubre de 2018, y que preceptúa que
“los establecimientos privados de salud, que hayan suscrito con-
venios regidos por las disposiciones del decreto con fuerza de ley
Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, no podrán ser objetores
de conciencia cuando contemplen prestaciones de obstetricia y
ginecología que por su naturaleza comprendan atenciones en
pabellón”.
ACUERDO N° 125: PRIMERO: En el ámbito del proceso de re-
negociación de las condiciones financieras de los créditos que
el Colegio Médico de Chile (A.G.) mantiene actualmente con
Bancos e Instituciones Financieras, especialmente con el Banco
Itaú y con el Banco Internacional, el Consejo Nacional del
Colegio Médico de Chile (A.G.) acuerda, por veinticinco votos a
favor, cero votos en contra y dos abstenciones de los miembros
presentes con derecho a voto, y de conformidad con lo dispuesto
por el artículo nueve, número cuatro, letra a), de los Estatutos