Vida Médica Volumen 71 N°1 - 2019 | Page 79

VIDAMÉDICA / ACUERDOS ACUERDOS ACUERDOS SESIÓN N°014 DEL H. CONSEJO NACIONAL CELEBRADA EL VIERNES 16 DE NOVIEMBRE DE 2018 ACUERDO N° 111: Se aprueba, por la unanimidad de los Consejeros Nacionales presentes, el acta de la Sesión N° 013, del 26.10.18. ACUERDO N° 112: Se acuerda, por 28 votos a favor, cero en contra y dos abstenciones, reabrir debate sobre aprobación de Estatutos de la Agrupación de Residentes Chile para ser discutida en Sesión de H.C.N del 14 de diciembre de 2018. ACUERDO N° 113: Por 30 votos a favor, cero en contra y dos abs- tenciones, se aprueba presupuesto del Colegio Médico de Chile para el año 2019, que se adjunta a la presente acta, y que compren- de H.C.N, Regionales, Club Médico y Casino Club, presentado por el Tesorero Nacional de la Orden, Dr. Jaime Sepúlveda Cisternas. ACUERDO N° 114: Se apoya iniciativa y líneas generales plantea- das en Presentación realizada por Departamento de Políticas de Salud y Estudios, por 26 votos a favor y uno en contra. Documento que se adjunta, titulado “Construyamos acuerdos para la Salud de Chile” y que se presentará en Seminario del día 03.12.18. ACUERDO N° 115: Se acuerda, por unanimidad, prorrogar la se- sión del H.C.N. hasta las 14:00 horas. ACUERDO N° 116: Se acuerda, en forma unánime, postergar hasta la próxima Sesión del H.C.N. de diciembre el tema de tabla “FALMED: discusión por temas de acoso”. ACUERDO N° 117: Se acuerda, en forma unánime, elegir al Dr. Juan Carlos Acuña Cisternas como representante del Colegio Médico de Chile ante organismos internacionales y para la organización del próximo encuentro de la AMM que se realizará en Chile. ACUERDO N° 118: Se encomienda al Consejo Regional Valparaíso, en forma unánime, hacerse cargo de todo lo relacionado con infor- mática médica y, en especial, licencia médica electrónica y posibi- lidad de Colmed de asumir esta materia. ACUERDOS SESIÓN N°015 DEL H. CONSEJO NACIONAL CELEBRADA EL VIERNES 14 DE DICIEMBRE DE 2018 ACUERDO N° 119: Se aprueba, por la unanimidad de los Consejeros Nacionales presentes, el acta de la Sesión N° 014, del 16.11.2018 ACUERDO N° 120: Por 27 votos a favor, 6 en contra y 2 absten- ciones, se aprueban los Estatutos de la Agrupación de Médicos Residentes Chile, cuya copia se adjunta a la presente Acta. ACUERDO N° 121: En relación con proyecto de inversiones en el Club Médico de Santiago, que incluyen la construcción del nue- vo recinto para la piscina temperada, que colapsó con ocasión de la nevazón ocurrida en invierno de 2017, se informa que se hará un master plan que ordene los grandes proyectos existentes; que las obras preliminares ascienden a 12 millones de pesos y la parte más costosa a 350 millones de pesos, y otros 40 millones de pesos adicionales, por lo que el directorio del Club aprobó contratar un { 79 crédito bancario de 400 millones de pesos, pagaderos a 12 años y con una cuota mensual 2.3 millones de pesos. El H. Consejo Nacional, por 30 votos a favor y 2 abstenciones, aprueba el refe- rido plan y contratación del crédito. ACUERDO N° 122: Por 30 votos a favor, 1 en contra y 3 absten- ciones, el H. Consejo Nacional acuerda: 1.- Designar a los doctores Hugo Reyes, Juan Eurolo e Iván Mendoza para que presenten en la sesión de Consejo Nacional de marzo de 2019 una propuesta para el pago de honorarios a di- rigentes gremiales que gocen de subsidio por incapacidad laboral temporal. 2.- En forma transitoria y hasta que se apruebe el régimen defini- tivo que propondrán los consejeros precedentemente señalados, se mantendrá el pago de honorarios para dirigentes gremiales que se encuentren afectos a incapacidad laboral transitoria. ACUERDO N° 123: Por 31 votos a favor, 1 contra y 1 abstención, el HCN acuerda sugerir a la Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile (FALMED), lo siguiente: 1.- Si un médico afiliado a la Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile, acusado de acoso sexual, solicitare ase- soría legal, será patrocinado por sus abogados, sin participación de la Unidad de Defensa Laboral de la Orden (UDELAM). 2.- Para que los abogados de FALMED pueden patrocinar a los afiliados de la Fundación que se encuentren en la situación des- crita precedentemente, los hechos que se les atribuyen deberán derivar del ejercicio profesional. 3.- Si un médico afiliado a la Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile, acusado de abuso sexual, solicitare ase- soría de dicha Fundación, sólo será patrocinado por sus abogados si los hechos constitutivos del presunto delito derivaren del ejerci- cio profesional. 4.- Si los Tribunales de Justicia sancionaren a un médico por los hechos señalados en los numerales precedentes, la Mesa Directiva Nacional del Colegio Médico, el H. Consejo Nacional o el Consejo Regional al que perteneciere el sancionado, deberá solicitar al Tribunal Regional de Ética competente que inicie el correspondiente juicio ético. ACUERDO N° 124: Se encomienda al Dr. Gonzalo Sáez Torres, presidente del Consejo Regional Punta Arenas, redactar decla- ración sobre la resolución del Tribunal Constitucional que de- claró inconstitucional el inciso 2° del artículo 13 del D.S. N° 67, de 29 de junio de 2018, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento Para Ejercer Objeción de Conciencia según lo dis- puesto en el artículo 119 TER del Código Sanitario, publicado en el Diario Oficial el 23 de octubre de 2018, y que preceptúa que “los establecimientos privados de salud, que hayan suscrito con- venios regidos por las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 36, de 1980, del Ministerio de Salud, no podrán ser objetores de conciencia cuando contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón”. ACUERDO N° 125: PRIMERO: En el ámbito del proceso de re- negociación de las condiciones financieras de los créditos que el Colegio Médico de Chile (A.G.) mantiene actualmente con Bancos e Instituciones Financieras, especialmente con el Banco Itaú y con el Banco Internacional, el Consejo Nacional del Colegio Médico de Chile (A.G.) acuerda, por veinticinco votos a favor, cero votos en contra y dos abstenciones de los miembros presentes con derecho a voto, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo nueve, número cuatro, letra a), de los Estatutos