Vida Médica Volumen 71 N°1 - 2019 | Page 51

ESPECIAL ERROR MÉDICO “Si el médico toma las decisiones sin el paciente, se pone en riesgo ante un eventual escenario judicial” Isabel Margarita Salas Abogada civilista Falmed para lograr que el paciente entienda bien las alternativas y participe en la toma de decisiones, sobre todo cuando son de- cisiones importantes que tienen impacto en la calidad de vida”, añade. Un punto importante sobre el cual llama la atención la Dra. Salas es el error de considerar que los pacientes de edad avan- zada no debieran participar en la toma de decisiones. “A mí me ha tocado experiencias de médicos que hablando de una forma muy sencilla logran que el paciente decida de acuerdo a sus valores, resolviendo cosas tremendamente importantes, como por ejemplo, acepto o no acepto una quimioterapia. Un buen médico lo puede explicar de una manera tal que el paciente, incluso adulto mayor o sin mayor educación, puede entenderlo y tomar una decisión informada”, sentencia la doctora. La Alianza Chilena de Agrupaciones de Pacientes de Chile (ACHAP) también ha reparado en el cambio de la relación en- tre los enfermos y sus tratantes. “Los pacientes también debe- mos aprender a ser mejores a la hora de comunicar nuestras dolencias, anotar las preguntas que vamos a hacer a nuestro doctor, poner atención a las indicaciones de nuestro tratamien- to sobre todo en pacientes con dolencias de enfermedades cró- nicas”, señala Cecilia Rodríguez socia fundadora y Directora Ejecutiva de la Fundación Me Muevo. Observa que la cantidad de información que desee recibir un paciente y sus familiares dependerá de la situación de salud en la que se encuentre. “En una urgencia con un familiar, uno no necesita de un médico que salga a preguntar cuáles son los intereses de la persona que tenemos en la camilla. Uno quiere que el doctor haga todo lo que tenga que hacer, no pierda tiem- po y (actúe) rápido para no arriesgar más la vida de nuestro ser querido. Sin embargo, cuando tenemos esta gran epidemia de enfermedades crónicas, ahí cambia la figura. Cuando tengo una enfermedad que es de por vida, uno no puede seguir indi- caciones médicas y punto” dice la vocera de la ACHAP. 51 Rodríguez señala que “en este tipo de enfermedades crónicas los pacientes estamos sólo el 1% del tiempo en contacto con el sistema de salud, el resto del 99% yo estoy en mi vida y es allí donde tengo que aprender a resolver y para eso necesito entender ciertas cosas. Entonces este otro modelo paternalista que quizás funcionó por mucho tiempo, empieza a tener otros requerimientos”. En este sentido, señala que “hay que entender, comprender de- talles, para saber sobrellevar una enfermedad que nos acom- pañará para siempre y entonces no basta con escuchar al doctor y quedarse callada como era antes”. RIESGO JURÍDICO EN LA RELACIÓN PATERNALISTA Una de las obligaciones del médico es informar para que el paciente pueda decidir sobre su tratamiento. Esta obligación no es solamente derivada del cumplimiento genérico de la lex artis sino que además, como hemos mencionado antes, está establecida como obligación en la Ley de Derechos y Deberes del Paciente Nº 20.584. “Cuando el médico no cumple su obligación porque toma la decisión por el paciente, vulnera derechamente la ley, pero además incurre en incumplimiento de sus obligaciones, lo que puede dar lugar a que sea responsable civilmente y ten- ga que indemnizar al paciente”, enfatiza la Isabel Margarita Salas, abogada civilista de la Fundación de Asistencia Legal del Colegio Médico de Chile. A tal llega los alcances de la responsabilidad jurídica del fa- cultativo en nuestro país, que “incluso en materia civil no es estrictamente necesario que esa acción traiga como conse- cuencia una secuela física para que haya responsabilidad en una complicación, lesión, u otro efecto no esperado de la inter- vención del médico, basta la mera infracción de la obligación para que se pueda entender que incumplió sus obligaciones”, puntualiza la abogada Salas. En materia penal también pueden encontrarse casos de falta de consentimiento del paciente. La abogada de Falmed expli- ca que hay decenas de casos de actos médicos judicializados, donde los profesionales son imputados de haber cometido un delito de negligencia médica, sólo porque el médico tomó una conducta quirúrgica distinta de lo que se había programado y consentido por el paciente en la etapa preoperatoria. Esto su- cede cuando los hallazgos en la propia intervención hacen que el médico tome una decisión sin el consentimiento informado correspondiente. Lo que hay detrás en muchos de estos casos, dice la profesio- nal de Falmed es la “sorpresa” del paciente cuando se encuen- tra con un acto médico no consentido. Si a ello le sumamos una secuela negativa, como la pérdida de un órgano, una compli- cación o efecto adverso, el panorama judicial no es muy espe- ranzador para el galeno. “La toma de decisiones unilaterales del médico habla de una relación médico paciente poco salu- dable”, advierte. La recomendación de Falmed es mantener un adecuado uso de la ficha clínica y la constancia de su actualización para evitar discrepancias posteriores con el paciente que puedan terminar judicializando el acto médico. El Estudio Nacional de Incidencia de Eventos Adversos en Hospitales Públicos de Chile (2009) mostró una incidencia de EM en el sistema de 6,7%, 84% de ellos prevenibles.