VIDAMÉDICA / NOTA
hacer coincidir nuestros múltiples roles. Hemos visto cómo
compañeras becadas, han tenido que hacer miles de alegatos y
trámites para que sus hijas e hijos tengan derecho a sala cuna y
lo que implica en términos morales hacer valer el permiso por
lactancia: algunas hemos tenido que extraernos leche escondi-
das en los baños del hospital”.
Explican también que la realidad es disímil y queda mucho a
criterio de sus superiores. “Hemos escuchado y leído de todo,
desde casos donde hay un gran apoyo de los jefes de servicio
y en otras en donde se han sentido francamente discriminadas
por la maternidad”, puntualizan.
Sobre las causas, creen que los recintos ni sus reglamentos están
preparados para acoger a las trabajadoras madres. “Tenemos
que cambiar el paradigma y apoyarlas como equipo de Salud,
en vez de hacerlas sentir que son un problema. Esto es cultural,
por eso se debe visibilizar que el patriarcado es violento de for-
ma sistémica y nosotras no estamos ajenas a eso”, concluyen.
Las médicas hacen hincapié en la necesidad de informarse qué
beneficios laborales les corresponden, así como los que entrega
el Colegio Médico, para poder exigirlos. Por otro lado, solicitan
que se actualice la normativa de derechos laborales en la Salud
Pública. “Debe ser más clara y universal, para que se aplique de
forma homogénea y que realmente busque proteger la materni-
dad. Los hospitales y clínicas deben apoyar a sus doctoras mamás
mediante el establecimiento de horarios para extraerse leche y la
instalación de lactarios. Y las universidades deben enseñar a los
alumnos sus derechos y mejorar las mallas curriculares en temas
como género, lactancia y cuidados del niño sano”, señalan.
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En cuanto a lo inmediato, desde la Asociación Doctora Mamá
Chile aspiran a seguir siendo un canal de apoyo para las mé-
dicas que viven la maternidad y que sea para ellas un lugar
de contención, información y apoyo, que ojalá tenga presencia
en otras comunas o ciudades. Destacan que “tener este espacio,
muchas veces de desahogo ante estas dificultades, ha permiti-
do mayor conocimiento y empoderamiento. Queremos que las
médicas exijan sus derechos, que se den cuenta que no están
solas, sino que hay varias en la misma situación, que se pueden
organizar localmente y poner fin a estos abusos, abriéndole el
camino a las futuras generaciones”.
TRABAJO CON EL COLEGIO MÉDICO
Además de la coordinación por redes sociales, las docto-
ras también están llevando a cabo un trabajo conjunto con
el Gremio, a través de su Fundación de Asistencia Legal
(FALMED), la Unidad de Defensa Laboral Médica (UDELAM)
y la Comisión de Género y Salud, quienes les han prestado
asesoría técnica y elaboraron un manual sobre la protección
a la maternidad, paternidad y vida familiar, que responde a
las preguntas frecuentes identificadas por las profesionales
en sus entornos y práctica diaria. Las doctoras apuntan a con-
seguir que los Consejos Regionales se sumen y fomenten las
redes entre sus colegiadas. “Algo que vemos con frecuencia en
el grupo es esa necesidad de formar ‘tribu’ con otras mujeres
que están viviendo la maternidad y la crianza, porque sirve
mucho tener cerca a alguien que ya pasó por eso y te puede
aportar experiencia”, subrayan.
¿QUÉ DERECHOS COMPRENDE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, PATERNIDAD Y VIDA FAMILIAR?
Fuero laboral: Consiste en la imposibilidad del empleador de terminar el contrato de trabajo de la mujer embarazada, sin
autorización judicial. Inicia cuando empieza el embarazo y se extiende hasta un año expirado el postnatal de 12 semanas.
Descansos de Maternidad: Prenatal (6 semanas antes de la fecha de parto); Postnatal (12 semanas. Si el menor nace antes
de la semana 33 o pesa menos de 1,5 kg., se extiende por 18 semanas); Postnatal extendido (en caso de partos múltiples,
aumenta en 7 días por cada menor, a partir del 2º); Postnatal parental (descanso adicional al postnatal original de 12 se-
manas, que puede ser de 12 semanas más, en caso de reincorporarse en jornada completa; o de 18 semanas, en caso de
hacerlo en jornada de medio tiempo o parcial).
Beneficio de lactancia: Se debe disponer de al menos una hora al día para alimentar a los hijos/as menores de 2 años. Es
irrenunciable y no hay distinción entre jornada diurna o nocturna. También aplica a turnos.
Derecho a sala cuna: Siempre que hayan 20 o más trabajadoras, para sus hijos/as menores de 2 años.
Prohibición de realizar trabajos perjudiciales para la mujer en estado de embarazo: Levantar pesos, laborar en horario
nocturno o en horas extraordinarias, exigir esfuerzo físico o lo que la matrona o médico declare como inconveniente.
Permisos especiales: Por enfermedad grave del hijo/a menor de un año; por tener cónyuge, convi-
viente civil o padres desahuciados o en estado terminal; por accidente o enfermedad grave, aguda y
con riesgo de muerte del menor de 18 años. Y el derecho a 5 días de permiso continuo o discontinuo
para el padre, tras el nacimiento de un hijo/a.
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