Vida Médica Volumen 70 N°3 - 2018 | Page 82

82 } VIDAMÉDICA /SENTENCIAS ÉTICAS SENTENCIAS ÉTICAS En Causa Rol 012/2014, el Tribunal Nacional de Ética, con miembros interi- nos nombrados por el Consejo General, en un nuevo juicio ético en contra de la DRA. ANA XIMENA SCHWARTZMAN AIZENBERG, por nulidad del anterior por falta de emplazamiento, conoció de la apelación al fallo de 1ª instancia pronunciado por el Tribunal Regional de Ética de Santiago que le aplicó la sanción de expulsión prevista en el artículo 77, letra F, del Código de Ética y concluyó, que con el mérito de los documentos acompañados y escuchados los descargos de la Dra. Schwartzman, la denunciada adjuntó un certificado emitido por la CONACEM pero adulterado, para acreditar la especialidad de Neurología Pediátrica en una carpeta de postulación para certificar esa especialidad, y que entregó en Clínica Arauco Salud, a sabien- das de que tal documento no era fidedigno, faltando con su actuar a lo pre- venido por los artículos 7° y 12º del Código de Ética del Colegio Médico de Chile, y mediante fallo pronunciado con fecha 29 de junio, 2018, confir- mó la sentencia de 5 de mayo de 2017, dictada por el Tribunal Regional de Ética de Santiago, con declaración, que se sanciona a la Dra. Ana Ximena Schwartzman Aizenberg con suspensión de su calidad de afiliada al Colegio Médico de Chile por el término de un año. Demás antecedentes en sentencia extractada. En causa Rol N° 016/2018, el Tribunal Nacional de Ética acordó rechazar la apelación interpuesta por el DR. JOSÉ LUIS ORFALI DAPUETO y confir- mar la sentencia de primera instancia que lo sancionó con la pena de cen- sura prevista en el artículo 77, letra b, del Código de Ética, por estimar que se encontraba debidamente acreditado en el proceso que el Dr. José Luis Orfali Dapueto, otorgó un certificado médico a la paciente menor de edad de iniciales A.V.O., sin verla personalmente, a petición telefónica de la madre y extendido con fines no médicos para justificar la inasistencia a visita pa- rental a que tenía derecho el padre, lo que vulneró el artículo 12 del Código de Ética.