Vida Médica Volumen 70 N°3 - 2018 | Page 62

62 VIDAMÉDICA / FalmedEduca ACOSO SEXUAL es posible; además de respaldar la información y todos los La Organización de Naciones Unidas (ONU) señala que “es medios por los que se podría objetivar el acoso para luego esencial destacar que el acoso sexual se refiere a una conducta presentar una denuncia en el lugar de trabajo o estudio. Vale no deseada por el destinatario y que éste considera impropia”. mencionar que el acoso en otras esferas (el acoso callejero, En tanto, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de- por ejemplo) no está contemplado en la ley, por lo que es más fine el acoso sexual como “un comportamiento en función del difícil perseguirlo. sexo, de carácter desagradable y ofensivo para la persona que lo sufre. Para que se trate de acoso sexual es necesaria la con- ABUSO SEXUAL fluencia de ambos aspectos negativos”. El abuso sexual es un delito descrito en el Código Penal chile- El acoso sexual está descrito en la legislación chilena como una no. Según el artículo 366 ter del citado código “se entenderá por materia de índole laboral. En la Ley N° 20.005 se explicita que acción sexual cualquier acto de significación sexual y de rele- “las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato vancia realizado mediante contacto corporal con la víctima, o compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ella, que haya afectado los genitales, el ano o la boca de la víctima, entre otras conductas, el acoso sexual, entendiéndose por tal aun cuando no hubiere contacto corporal con ella”. el que una persona realice en forma indebida, por cualquier Según esto, se consideran circunstancias punibles, en el artícu- medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por lo 361 del Código Penal “1.Cuando se usa de fuerza o intimida- quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación ción. 2. Cuando la víctima se haya privada de sentido, o cuando laboral o sus oportunidades en el empleo”. se aprovecha de su incapacidad para oponerse. 3. Cuando se Según la Dirección del Trabajo, las conductas constitutivas de abusa de la enajenación o trastorno mental de la víctima”. acoso no se encuentran limitadas a acercamientos o contactos Asimismo se consideran las siguientes circunstancias descri- físicos, sino que incluiría cualquier acción del acosador sobre tas en el artículo 363: “1. Cuando se abusa de una anomalía o la víctima que pueda representar un requerimiento de carácter perturbación mental, aun transitoria, de la víctima, que por su sexual indebido, el que puede producirse por cualquier medio, menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno. incluyendo las propuestas verbales, correos electrónicos, car- 2. Cuando se abusa de una relación de dependencia de la vícti- tas o misivas personales, etc. ma, como en los casos en que el agresor está encargado de su La Dra. Adriana López, geriatra, se ha dedicado a la docen- custodia, educación o cuidado o tiene con una ella una relación cia en las universidades Mayor y de Santiago. En la forma- laboral. 3. Cuando se abusa del grave desamparo en que se en- ción de médicos y en su trabajo asistencial, ha identificado cuentra la víctima. 4. Cuando se engaña a la víctima abusando la importancia de educar a los médicos en el abanico de he- de su inexperiencia o ignorancia sexual”. chos que podrían constituir acoso sexual, en informar los alcances legales de estas situaciones y abordar estrategias PREVENCIÓN de prevención para proteger tanto a pacientes como a médi- Por las condiciones específicas de su especialidad, los urólo- cos. Según la Dra. López, es relevante gos están atentos a esta situación. “Los también mencionar que los alcances del urólogos tenemos acceso a los genitales acoso sexual en el ámbito laboral hoy de los pacientes, porque ese es nuestro también son un asunto a considerar en objeto de estudio, gran parte de nuestro la relación asistencial docente. estudio es el pene, la vagina, los testí- “Acoso sexual puede ir desde gestos, so- culos, el ano. Tenemos que examinarlos, nidos sexuales cercanos cuando alguien preguntar por ellos, tocar la zona. Una pasa por el lado, comentarios verbales de las discusiones que hemos tenido directos, tocaciones, acoso por redes so- en la sociedad es ¿qué pasa si un uró- ciales, correos electrónicos, mensajes de logo siente que un paciente es un ries- texto, etc. Después se pueden clasificar go desde la perspectiva médico-legal? por nivel de gravedad: leve, grave o muy ¿Que pueda malinterpretar un examen grave. Acá depende, según no haya nin- común y corriente como un acoso? Uno gún tipo de contacto físico y sea un único está expuesto a que por interpretación Dra. Francisca Crispi evento; sean eventos reiterados y creen el paciente sienta vulnerada su intimi- Presidenta de la Comisión de Género un ambiente hostil; o ya sean situaciones dad. La principal manera que hemos y Salud del Colegio Médico más graves que corresponda denunciar encontrado de estar protegido es estar al ámbito legal”, describe la Dra. López. acompañados en el box”, advierte el Ante situaciones de acoso laboral, la Dr. Rodrigo Leyton, presidente de la “El humor sexista es una Unidad de Defensa Laboral Médica, Sociedad Chilena de Urología. alerta de violencia de UDELAM, recomienda algunos pasos en “La educación del paciente y del mé- el algoritmo publicado en el número de dico es otro factor protector”, agrega género en el ambiente”. abril 2018 de Revista Vida Médica: expli- el Dr. Leyton. “Hay maneras de exami- citar el rechazo hacia el acosador, si esto nar. Es muy distinto si el paciente está