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ésta las penas de reclusión menor en su grado máximo y multa
de 100 a 500 UTM. Esta disposición no es aplicable a aquellas
personas que, en virtud de ley o de autorización judicial, estén
o sean autorizadas para ejecutar las acciones descritas”, dice
textualmente la norma.
El profesor Benavides, doctor en Derecho Penal y Procesal
Penal por la Universidad de Sevilla, España, e investigador
de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso,
advierte que “el bien jurídico protegido por este tipo penal
no es el honor ni la reputación, sino el derecho de mantener
un espacio privado: privacidad e intimidad de las personas,
en su faceta intangible, siendo características esenciales la
exclusividad, aquellos aspectos de la vida de cada uno don-
de se excluye al resto y el derecho a controlar lo que cada
uno extrae de ese ámbito de exclusividad y hacia dónde lo
comunica”, explica.
EN SEDE CIVIL
Es importante resaltar que en el fallo que
desestimó el pago de 50 millones de pesos
a la mediática doctora como indemniza-
ción de perjuicios, se establece que la con-
sulta es considerada un lugar público por
tratarse de un edificio fiscal y que la exi-
gencia de confidencialidad de la conversa-
ción es solo para el médico, ya que opera
“el secreto profesional que rige la relación
médico-paciente y sólo obliga al primero,
pero no al particular que concurre a su
consulta, de manera que no hay intimidad
ni privacidad que pueda verse afectada”.
Otro caso que también involucró el uso de
cámaras ocultas ocurrió a finales de 2003,
en el que resultó afectado un ministro de
la Corte de Apelaciones mientras investi-
gaba a un empresario acusado de liderar
una red de pedofilia, que supuestamente
involucraba a connotados políticos. El
ministro fue grabado, violando su privaci-
dad, y la publicación de este registro en un
canal de televisión le costó salir del caso
y, además, su carrera como juez. En este
proceso aún se encuentra pendiente el jui-
cio civil, pues el máximo tribunal de justi-
cia del país ya se pronunció en el proceso
penal, en el que, si bien confirmó la condena a los periodistas
que ejecutaron la cámara oculta, dejó sin efecto la sanción al jefe
de prensa del canal involucrado.
En el juicio civil, el 6° Juzgado de Santiago condenó a
Chilevisión a pagar por concepto de daño moral al afectado
y su familia la suma de 320 millones de pesos. La Corte de
Apelaciones recientemente se pronunció y, aunque confirmó el
fallo, introdujo varias modificaciones. Queda pendiente la reso-
lución de la Corte Suprema.
El bullado Caso Lavandero también se valió del uso de cáma-
ras ocultas. El programa “Contacto” del Canal 13, en el mismo
mes de agosto de 2003, captó imágenes de conductas impro-
pias del entonces senador con menores de edad en el patio e
interior de su casa de su parcela en la Región de la Araucanía,
luego de lo cual el Ministerio Público inició de oficio una inves-
tigación. El senador fue condenado en el año 2005 a cumplir
5 años de cárcel por el delito de abusos
sexuales reiterados contra cuatro me-
nores, retirándose de la vida política.
Andrés Benavides
Profesor Derecho Penal
de la U. de Valparaíso
“El bien jurídico
protegido por este tipo
penal no es el honor ni
la reputación, sino el
derecho de mantener un
espacio privado”.
INTERÉS PÚBLICO
La presidenta del Colegio de Periodistas
y profesora de la Universidad de Playa
Ancha, Margarita Pastene, expresa que
–a título personal– está “en contra de
cualquier cámara oculta. Los periodis-
tas tenemos que trabajar en torno a lo
que nos permita acercarnos a la verdad
y acudir a las fuentes informativas a
cara descubierta, presentarnos como
periodistas y a los medios con una
identificación apropiada”.
“Usar cámaras ocultas facilita el traba-
jo, pero nosotros no tenemos que buscar
el facilismo –continúa la presidenta del
gremio–, necesitamos ser precisos en la
información, pero con transparencia ha-
cia la fuente que sea”, complementa.
Si centramos la discusión en el interés
público, de obtener la información a
como dé lugar “también puedo valerme
como periodista el hacer la denuncia
ante la policía que sí cuenta con las he-
rramientas legales para hacer una in-
dagatoria oculta, seguimientos, agentes