82 Vida Médica
Documento FATMED:
LOS NUEVOS SISTEMAS
DE TRIBUTACIÓN
El 2017, la Ley 20.780 creará dos sistemas de tributación denominados
Renta Atribuida y Parcialmente Integrado.
L
a reforma tributaria trajo consigo
grandes cambios, siendo uno de
los más importantes la forma de
tributación de las personas jurídicas
(sociedades), pues cabe recordar que
actualmente y hasta el 31 de diciembre del 2016 existe un régimen general en que la empresa paga impuestos
por las utilidades obtenidas, las utilidades restantes ingresan a un registro llamado FUT (Fondo de Utilidades
Tributables) y los socios o accionistas solo tributan o pagan impuestos
por las utilidades o dividendos efectivamente retiradas o distribuidos,
siendo el impuesto pagado por la sociedad un crédito para el pago de dicho impuesto.
Para el año 2017 el escenario anterior
cambiará radicalmente, debido a que
la reforma crea dos nuevos sistemas
de tributación, Renta Atribuida y
Parcialmente Integrado. En el primero de ellos, las empresas quedarán
gravadas con una tasa del 25% a nivel
de impuesto de Primera Categoría,
impuesto que será aprovechado en
un 100% como crédito por sus socios.
La principal característica de este régimen es que al término del ejercicio
todas las utilidades, previo pago del
impuesto por la sociedad, obtenidas
durante el ejercicio, serán atribuidas
automáticamente a cada socio en la
proporción acordada en el pacto social o en su defecto según su aporte.
Además les serán atribuidas las rentas
de las demás sociedades en las que
participe, en caso de estar estas acogidas al mismo régimen. Lo anterior
trae como consecuencia que dichas
utilidades pasarán a formar parte
del global complementario de los socios, teniendo que pagar por tanto
el impuesto correspondiente, pero
teniendo de crédito lo pagado por la
sociedad. Por tanto la tasa efectiva
máxima de impuesto para los socios
podrá llegar a 35%. ¿A quién le conviene este sistema? Este sistema está
orientado a las empresas de menor tamaño o de ingresos no muy elevados
donde sus socios retiran la mayoría o
totalidad de las utilidades.
El sistema Parcialmente Integrado
mantiene las características del régimen actual, es decir, las sociedades