Vida Médica Volumen 67 Nº2 - 2015 | Page 83

83 FATMED presentó en Concepción “Reforma Tributaria: Una Noticia en Desarrollo”, charla educativa sobre el nuevo escenario tributario. a la tributación que impone la reforma impulsada por el ejecutivo. Nuevo escenario tributario La ley 20.780, también conocida como Reforma Tributaria, ha implicado un desafío para FATMED en términos de estudio, formación y adaptación a las nuevas normativas. Los temas tributarios son altamente complejos, especialmente considerando que en este caso la ley viene acompañada de cincuenta circulares que el Servicio de Impuestos Internos ha elaborado y publicado para precisar lo que es posible y lo que no es posible en el nuevo esquema legal. FATMED ha enfrentado el análisis de esta realidad jurídica y tributaria conformando equipos especializados que estudian en detalle los diversos aspectos del tema y se han preparado para la inminencia de los cambios. La abogada especialista en materias tributarias, Alejandra Ocaranza, explica que si bien el cambio definitivo en los regímenes tributarios se implementará el año comercial 2017, ya en este 2015 se avecinan modificaciones que hacen preciso revisar y adecuar la situación tributaria de cada médico a las exigencias legales. Hay que tomar nota de la norma que comienza a regir desde el 30 de septiembre del presente año, momento desde el cual toda declaración o planificación de impuestos que cometa abuso o simulación será sancionable. De acuerdo a una presentación realizada por la Subdirección Jurídica del Servicio de Impuestos Internos, se entiende por abuso a aquellos arreglos que buscan “evitar artificiosamente la carga fiscal mediante el abuso de las formas jurídicas”. Es, en definitiva, “una realidad que es abiertamente creada, un ‘montaje’ jurídico destinado a evitar el impuesto.” Por simulación se comprende la existencia de “una apariencia jurídica simulada para encubrir la verdadera realidad disimulada”. Es decir hay un engaño destinado a ocultar la voluntad real o el contenido real de un negocio. La abogada Ocaranza indica que “al Servicio de Impuestos Internos le basta con demostrar ante los Tribunales Tributarios