Velando por el buen uso de los recursos Manual Velando por el buen uso de los Recusos del | Page 29

Algunas funciones de la Contraloría 1. Llevará las cuentas nacionales, incluso las referentes a la deuda interna y externa, y fiscalizará la contabilidad del sector público. 2. Fiscalizará, regulará y controlará todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que tales actos se realicen con corrección y según lo establecido en las normas jurídicas respectivas. 3. Examinará, intervendrá y fenecerá las cuentas de los servidores públicos, entidades o personas que administren, manejen o custodien fondos u otros bienes públicos. Lo atinente a la responsabilidad penal corresponderá decidirlo a los tribunales ordinarios. 4. Realizará inspecciones e investigaciones tendientes a determinar la corrección o incorrección de las operaciones que afecten patrimonios públicos y, en su caso, presentará las denuncias respectivas. Estas investigaciones pueden iniciarse por denuncia o de oficio, cuando la Contraloría lo juzgue oportuno. 5. Recabará de los respectivos servidores públicos informes sobre la gestión fiscal de las dependencias públicas nacionales, municipales, autónomas o semi-autónomas, de as empresas estatales y juntas comunales con la periodicidad que las circunstancias ameriten. 6. Establecerá los Métodos y sistemas de contabilidad de las dependencias públicas nacionales, municipales, autónomas o semi-autónomas, de las empresas estatales y Juntas Comunales. 7. Dirigirá y formará la estadística nacional, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. 8. Juzgará las cuentas que llevan los agentes y empleados de manejo de fondos públicos, cuando surjan reparos al momento de su rendición o a consecuencias de investigaciones efectuadas por la Contraloría. Participación Ciudadana / 29