Ley 1438 de 2011, reforma el Sistema de Seguridad Social en Salud, SGSSS e incorpora dentro de los principios del sistema, el enfoque diferencial por edad, género y diversidad. El enfoque diferencial ya había sido trabajado por el entonces Ministerio de Protección Social, habiendo realizado un avance con respecto a las personas mayores en situación de desplazamiento forzado, a través del establecimiento de la Directriz de Enfoque Diferencial para el goce efectivo de los derechos de las personas mayores víctimas del desplazamiento forzado por la violencia.
Ley 1315 de 2009, establece las condiciones mínimas que dignifiquen la estadía de los adultos mayores en los centros de protección, centros de día e instituciones de atención y fija la competencia de las Secretarías de Salud para conferir las licencias de funcionamiento y hacer seguimiento al funcionamiento de estos Centros.
Ley 1251 de 2008, contiene un conjunto de disposiciones para garantizar los derechos de las personas adultas mayores, dentro de las cuales dispone que se debe expedir la Política Nacional de Envejecimiento y Vejez dándole el marco y fijando las áreas de intervención que debe tener en cuenta. Entre dichas áreas está la relativa a la “Protección a la salud y bienestar social (art.17, numeral 1), indicando que “Los adultos mayores tienen derecho a la protección integral de la salud y el deber de participar en la promoción y defensa de la salud propia, así como la de su familia y su comunidad”.